Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/01/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

14.-

TituloES: Extracto de la 1 Convocatoria de ayuda al autoempleo 2020 con cargo al PO FSE para Ceuta 2014-2020.

TextoES: BDNSIdentif.:490995
Extracto de la Resolución de 8 de enero de 2020, de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas destinadas a ayudas para el fomento del empleo autónomo, para el año 2020, en el marco del Programa Operativo FSE para Ceuta 2014-2020, en su prioridad de inversión 8.III: Trabajo por cuenta propia, espíritu emprendedor y creación de empresas y las PYMES innovadoras, gestionadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de su medio propio la PROCESA, Sociedad de Desarrollo de Ceuta.
BDNS identif: 490995
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
PRIMERO: BENEFICIARIOS
Podrán obtener la condición de beneficiario los desempleados que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en los que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria.
SEGUNDO: FINALIDAD
Las subvenciones públicas, objeto de esta convocatoria y reguladas en las citadas bases, cumplen la finalidad de fomentar el Trabajo por cuenta propia, el espíritu emprendedor y la creación de empresas en el marco del Programa Operativo FSE para Ceuta 2014-2020 Prioridad de inversión 8.III gestionado por la Ciudad Autónoma de Ceuta.
TERCERO: BASES REGULDORAS
Las bases reguladoras de aplicación se aprobaron mediante Resolución de la Consejería de de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de fecha 10 de septiembre de 2015, publicadas en el BOCCE 5504 de 15 de septiembre de 2015, modificada mediante resoluciones de la Consejería de Economía, Hacienda y Adminstración Pública de fechas 10 de febrero de 2017, 22 de febrero de 2017 y 17 de enero de 2018 publicadas, respectivamente, en el BOCCE de de Ceuta nº 5652 14 de febrero de 2017, nº 5660 14 de marzo de 2017 y nº 5750 23 de enero de 2018.
CUARTO: IMPORTE DE LA AYUDA
El importe de los créditos disponibles para atender las ayudas y subvenciones relativas a fomentar el Trabajo por cuenta propia, el espíritu emprendedor y la creación de empresas, en las distintas convocatorias asciende a OCHENTA MIL EUROS 80.000€, con cargo al Programa Operativo FSE para Ceuta 2014-2020.
Estas ayudas están acogidas al régimen de mínimis, establecido en el Reglamento EU nº 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013: en virtud del cual la ayuda total de mínimis, concedida a una única empresa determinada no podrá ser superior a 200.000 euros, durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. Este límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda de mínimis o del objetivo perseguido o indistintamente de si la ayuda concedida por el estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario.
QUINTO: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Se establecen en régimen de convocatoria abierta, los siguientes periodos de presentación de solicitudes:
1º Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCCE y hasta el 31 de marzo de 2020, el importe asignado asciende a CUARENTA MIL EUROS 40.000€.
2º Desde el 1 de abril de 2020 y hasta el 30 de junio de 2020, el importe asignado asciende a CUARENTA MIL EUROS
40.000€.
Los créditos disponibles serán imputados con cargo al PO FSE 2014-2020 de Ceuta y con cargo a la cuenta del estado de gastos e ingresos de PROCESA, denominada Programa Operativo FSE 2014-2020. No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la determinada en las distintas convocatorias.
Cuando a la finalización de un periodo se hayan concedido las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resoluciones que recaigan, de conformidad con lo establecido en el art. 59 del Real Decreto 887/2006, de Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Ceuta 9 de enero de 2020 .- Rodolfo Croce Calvero. P.D.F. La Secretaria General Lugar de la Firma: Ceuta Fecha de la Firma: 2020-01-09
Firmante: Rodolfo Croce Calvero Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

30

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/01/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha17/01/2020

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6162

Primera edición19/11/1926

Ultima edición03/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031