Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 22/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE CEUTA

ARTÍCULO 1.- OBJETO
Las presentes Normas tienen por objeto regular el funcionamiento del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, órgano de gobierno colegiado y de gobierno de esta.
ARTÍCULO 2.- COMPETENCIA
1. Corresponde al Consejo de Administración establecer sus normas de gestión y sus reglas de funcionamiento interno, su régimen económico y funciones del secretario de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.5 d del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre en adelante TRLPEMM y en el artículo 15.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en adelante Ley 40/2015.
2. En todo lo no previsto en estas Normas, será de aplicación el TRLPEMM, la Ley 40/2015, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CAPÍTULO 2 FUNCIONES
ARTÍCULO 3.- FUNCIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Las funciones del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta serán las señaladas en el artículo 30.5 y 51
del TRLPEMM. Estas funciones son las siguientes:
a
Regir y administrar el puerto, sin perjuicio de las facultades que correspondan al presidente.

b Delimitar las funciones y responsabilidades de sus órganos y conferir y revocar poderes generales o especiales a personas determinadas, tanto físicas como jurídicas, para los asuntos en los necesario tal otorgamiento.
c
Aprobar, a iniciativa del presidente, la organización de la Entidad y sus modificaciones.

d Nombrar y separar al personal directivo de la entidad y aprobar su régimen retributivo, a propuesta del presidente.
e
Definir las necesidades del personal de la entidad, así como sus modificaciones, aprobar su régimen retributivo, contratar al mismo y cuantos actos sean necesarios para este fin.

f
Establecer sus normas de gestión y sus reglas de funcionamiento interno, su régimen económico y funciones del secretario.

g Aprobar los proyectos de presupuestos de explotación y capital de la Autoridad Portuaria y su programa de actuación plurianual, así como su remisión a Puertos del Estado para su tramitación h Aprobar las cuentas anuales, que incluirán el balance, cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo, la memoria y la propuesta, en su caso, de aplicación de resultados, acordando el porcentaje de estos que se destine a la constitución de reservas, en la cantidad que resulte precisa para la realización de inversiones y para su adecuado funcionamiento.
i
Autorizar las inversiones y operaciones financieras de la entidad, incluidas la constitución y participación en sociedades mercantiles, previo cumplimiento de los requisitos legales necesarios.

j
Aprobar los proyectos que supongan la ocupación de bienes y adquisición de derechos a que se refiere el artículo 61 del TRLPEMM, sin perjuicio de la aprobación técnica de los mismos por técnico competente.

k Ejercer las facultades de policía que le atribuye el TRLPEMM, y que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines.
l
Fijar los objetivos de gestión anuales, en el marco de los globales que establezca Puertos del Estado para el conjunto del sistema
m Proponer las operaciones financieras de activo o pasivo cuya aprobación corresponde a Puertos del Estado, dentro del marco de los planes de inversión, de financiación y de endeudamiento que el Gobierno y las Cortes Generales aprueben para este Organismo Público.
n Autorizar créditos para financiamiento del circulante.
o Fijar las tarifas por los servicios comerciales que preste la Autoridad Portuaria.
p Otorgar concesiones y autorizaciones de acuerdo con los criterios y pliegos de condiciones generales que apruebe el Ministerio de Fomento y recaudar las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario y por la prestación del servicio de señalización marítima.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

2.085

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 22/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha22/11/2019

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones6167

Primera edición19/11/1926

Ultima edición21/05/2024

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