Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/04/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

224.-

12 de diciembre de 2018

El Excmo. Sr. Presidente del Instituto Ceutí de Deportes, D. Emilio Carreira Ruíz, en virtud de la delegación efectuada por la Presidencia de la Ciudad por Decreto de fecha 17 de julio de 2017 ha resuelto dictar el siguiente:
DECRETO
ANTECEDENTES DE HECHO.El artículo 21 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta establece, entre las competencias atribuidas a la Ciudad Autónoma de Ceuta, aquellas relativas a promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.
El artículo 12.1 del citado Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, establece que corresponde a la Asamblea de Ceuta aprobar las normas básicas de organización y funcionamiento de los servicios de la Ciudad, en aplicación de lo dispuesto en el referido Estatuto.
El Decreto de Presidencia de 20 de septiembre de 2017 BOCCE Nº 5717 de 29/9/2017, establece la Estructura de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta recogiendo en su apartado 6 las competencias asignadas a la Consejería de Turismo y Deporte, entre las que se incluyen:
6.1 El fomento de la práctica de la actividad deportiva entre todos los colectivos de la población, potenciando la integración de los sectores más desfavorecidos.

6.11 Organismo autónomo Instituto Ceutí de Deportes I.C.D..
Asimismo el artículo 3º de los Estatutos del Instituto Ceutí de Deportes recoge los fines esenciales del mismo, destacando en sus apartados a, b y e los siguientes:
a Fomentar el desarrollo de las actividades deportivas en Ceuta, coordinando todos los esfuerzos e iniciativas que se realicen con una visión de conjunto, sin perjuicio de las facultades que correspondan a las respectivas entidades.
b Encauzar y fomentar el deporte escolar y de aficionados.

e Estimular y promocionar el deporte aficionado, de alta competición y de élite.
En cumplimiento de lo antedicho se considera necesario el servicio de monitores de natación y socorristas en el complejo deportivo Guillermo Molina y actividades acuáticas organizadas por el Instituto Ceutí de Deportes.
Este servicio se ha venido prestando por la empresa Arasti Barca MA S.L. desde el ejercicio 2010 al resultar adjudicataria del contrato licitado en su momento. Dicho contrato finalizó en 2011 y desde entonces el Instituto Ceutí de Deportes ha intentado en múltiples ocasiones proceder a una nueva adjudicación del contrato resultando todos fallidos por distintas causas. La última licitación efectuada ha sido declarada desierta con fecha 5/4/2018.
Ésta no adjudicación de este servicio de monitores y socorristas al quedar desierta la licitación pública correspondiente ha motivado que desde la Presidencia del Instituto Ceutí de Deportes se haya optado por su ejecución mediante la figura del encargo a medio propio por ser urgente y necesaria la regularización administrativa de la gestión de dicho servicio.
Este encargo finalizará en el momento que se encuentre operativo el nuevo Complejo Deportivo José Ramón López DíazFlor y se haya ultimado la correspondiente licitación del servicio de monitores y socorristas para abarcar la prestación del mismo en los dos Complejos Deportivos gestionados por el I.C.D. el ya mencionado José Ramón López Díaz-Flor y el Guillermo Molina.
Con fecha 19 de noviembre de 2018, la Gerente del I.C.D. emite informe de necesidad en el que se señala que es imprescindible la continuidad en la prestación del servicio de Monitores de natación y socorristas en el Complejo Deportivo Guillermo Molina y actividades acuáticas organizadas por el Instituto Ceutí de Deportes dado que dicho servicio reviste el carácter de esencial y se considera idóneo la prestación del mismo a través de un encargo al medio propio TRAGSATEC.

Con fecha 26 de noviembre de 2018, la Gerente del I.C.D., emite anexos I y II sobre Condiciones Técnicas y Desglose Económico del Presupuesto sobre el encargo al medio propio TRAGSATEC para el servicio de monitores de natación y socorristas en el Complejo Deportivo Guillermo Molina y actividades acuáticas organizadas por el ICD.
Con fecha 27 de noviembre 2018, el Presidente del ICD emite Memoria Justificativa, en la que determina que para la ejecución de las obras la figura adecuada es el encargo al medio propio TRAGSATEC.
Con fecha 27 de noviembre 2018, se realiza documento de Retención de Crédito en el presupuesto de gastos del ICD
para garantizar la financiación presupuestaria del encargo.
Con fecha 27 de noviembre 2018, la técnico de administración general emite informe jurídico ajustado a derecho sobre el encargo al medio propio citado.
Con fecha 3 de Diciembre 2018, se emite informe favorable de la Intervención sobre el expediente indicado, al objeto de que se continúe con su tramitación.
Con fecha 11 de Diciembre 2018, el Presidente del ICD emite texto de encargo a medio propio, para su traslado y comunicación a TRAGSATEC.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/04/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha05/04/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones6164

Primera edición19/11/1926

Ultima edición10/05/2024

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