Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 22/03/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

178.-

TituloES: Convocatoria de ayudas para el fomento de espiritu emprendedor mediante la generación de empleo autónomo cofinanciadas con el POFSE pra Ceuta 2014-2020
TextoES: BDNSIdentif.:444490
Extracto de la Resolución de 7 de marzo de 2019, de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por la que se convocan las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones públicas destinadas a ayudas al autoempleo, para el año 2019, en el marco del Programa Operativo FSE para Ceuta 2014-2020, en su Objetivo Temático 8: Promover la sostenibilidad y calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral, Prioridad de inversión 8.3. Trabajo por cuenta propia, espíritu emprendedor y creación de empresas y las Pymes innovadoras, gestionadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de su medio propio la PROCESA, Sociedad de Desarrollo de Ceuta.
BDNS identif: 444490

De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b y 20.8.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto competo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans:
PRIMEROS: BENEFICIARIOS
Podrán obtener la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la convocatoria.
SEGUNDO: FINALIDAD
Las subvenciones públicas, objeto de esta convocatoria y reguladas en las citadas bases, cumplen la finalidad de fomentar las medidas tendentes a combatir el desempleo, mediante políticas activas destinadas a la creación de puestos de trabajo y estabilización del mercado laboral para la recuperación gradual de la economía y contribuir a la mejora del mercado de trabajo de los colectivos, con un período mínimo de permanencia de 3 años.
El proyecto subvencionable será el emprendimiento e inicio de una actividad económica o profesional, mediante la generación de empleo autónomo, de las personas identificadas como beneficiarias.
TERCERO: BASES REGULADORAS
Resolución de la Consejería de de Economía, Hacienda, y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de fecha 10
de septiembre de 2015, publicadas en el Bocce 5504 de 15 de septiembre de 2015, modificadas mediante Resolución de la Consejería Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 8 de febrero de 2017, publicadas en el Bocce 5652, de 14 de febrero de 2017, modificadas mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de 17 de enero de 2018, publicadas en el Bocce de 23 de enero de 2018.
CUARTO: IMPORTE DE LA AYUDA
Para la determinación de la subvención para los proyectos destinados a contratación temporal, se ha procedido a la asignación de una cantidad mediante la aplicación de baremos estándar de costes unitarios calculado mediante un método justo, equitativo y verificable, basado en información objetiva, de conformidad con lo establecido en el art. 67.1, b y 67.5. b del Reglamento General 1303/2013.
En base a lo anterior, resultan las siguientes cantidades máximas a subvencionar:
El importe concedido, se ha establecido en 5.600 euros, que podrán ser incrementados en 500 euros, cuando el emprendedor autónomo pertenezca a colectivos muy desfavorecidos o discapacitados.
QUINTO: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Se establecen en régimen de convocatoria abierta, los siguientes períodos de presentación de solicitudes y créditos disponibles:
1º. Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCCE y hasta el 31 de mayo de 2019, el importe asignado asciende a CUARENTA MIL EUROS 40.000 euros.
2º. Desde el 1 de junio de 2019 y hasta el 31 de agosto de 2019, el importe asignado asciende a CUARENTA MIL EUROS
40.000 euros.
3º. Desde el 1 de septiembre de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019 el importe asignado asciende a CUARENTA MIL
EUROS 40.000 euros.
Ambos créditos disponibles serán imputados con cargo al Programa Operativo FSE 2014-2020 y con cargo al Estado de Gastos e Ingresos de PROCESA, denominada Ayudas FSE. No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la determinada en las distintas convocatorias.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

655

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 22/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha22/03/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones6165

Primera edición19/11/1926

Ultima edición14/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31