Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 8/03/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

149.-

TítuloES: I Convocatoria de acciones formativas con certificado de profesionalidad 2019

TextoES: BDNS Identif.: 442561
Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2019, de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a fomentar la participación de las personas jóvenes, identificadas como beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en acciones formativas dirigidas a adecuar las aptitudes y las competencias profesionales a los requerimientos del mercado de trabajo I Convocatoria de 2019 de Acciones formativas con certificado de profesionalidad, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 Eje Prioritario 5, Objetivo Temático 8, Prioridad de Inversión 8.2, Objetivo Específico 8.2.2, gestionadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de su medio propio la PROCESA, Sociedad de Desarrollo de Ceuta.
BDNS identif: 442561
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b y 20.8.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans:
PRIMERO: BENEFICIARIOS
Podrán obtener la condición de destinatarios finales de las subvenciones reguladas en las bases reguladoras y en la presente convocatoria los jóvenes que reúnan, a fecha de solicitud, los siguientes requisitos:
Requisitos generales para todas las acciones formativas:
a
Estar inscrito, en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil de conformidad con lo establecido en la Ley 18/2014, de 15 de octubre y en la Resolución de 29 de julio de 2015, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de la empresas, por la que se amplía el ámbito de aplicación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en situación que le permita ser destinatario de una de las actuaciones del mismo. Además, deberán mantener el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley 18/2014 modificada por el Real decreto ley 6/2016, de 23 de diciembre, durante el desarrollo de la acción formativa.
b Encontrarse empadronado/a en la Ciudad Autónoma de Ceuta.
c Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Esta obligación será acreditada mediante la presentación de declaración responsable en sustitución de las certificaciones administrativas positivas expedida por el órgano competente en virtud de lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones de aquí en adelante RLGS. No obstante, todo lo anterior, el órgano competente se reserva el derecho a solicitar, si así lo estima pertinente, certificados acreditativos de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatal y local, y frente a la Seguridad Social, excepto en el caso en el que el beneficiario autorice modelo de autorización Anexo II al órgano instructor para que obtenga de forma directa la acreditación de las citadas circunstancias.
Requisitos específicos para cada acción formativa:
Conducción de autobuses Nivel Pr ofesionalidad 2:
a Tener 24 años cumplidos.
b Estar en posesión del permiso de conducir B vigente.
c Reunir alguno de los requisitos académicos siguientes: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria ESO, Prueba de Acceso a Ciclo Formativo de Grado Medio, Certificado de profesionalidad de nivel 2, Certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional, Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
Vigilancia, Seguridad Privada y Protección de Personas Nivel Profesionalidad 2:
a Tener 18 años cumplidos.
b Tener la nacionalidad de alguno de los países pertenecientes a la UE o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
c Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
d No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, vulneración del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
e No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.
f No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los 2 años anteriores.
g Reunir alguno de los requisitos académicos siguientes: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria ESO, Prueba de Acceso a Ciclo Formativo de Grado Medio, Certificado de profesionalidad de nivel 2, Certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional, Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 8/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha08/03/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6162

Primera edición19/11/1926

Ultima edición03/05/2024

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