Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 15/01/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

Consejería de Sanidad Servicios Sociales Menores e Igualdad
Expte: 102.083/2.018
MEMORIA DE PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA EN EL PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE MERCADOS DE LA CIUDAD
En cumplimiento del artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o reglamento ordenanzas/
reglamentos municipales, se sustanciará una consulta pública a través del portal web de la administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de: a Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. b La necesidad y oportunidad de su aprobación. c Los objetivos de la norma. d Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias En base a lo anteriormente expuesto, se refleja en el presente documento la información precisa para que los potenciales destinatarios de esta norma puedan pronunciarse sobre la materia.

Nº EXPTE. ADMINISTRATIVO: 102.083/2.018 ENTIDAD PROPONENTE CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA, CONSEJERÍA COMPETENTE CONSEJERÍA DE SANIDAD SERVICIOS SOCIALES MENORES E IGUALDAD, UNIDAD ADMINISTRATIVA TRAMITADORA ADMINISTRACIÓN DE MERCADOS, TIPO DE NORMA ORDENANZA MUNICIPAL, SITUACIÓN QUE SE PRETENDE REGULAR LOS MERCADOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA.
En la actualidad, la Ciudad Autónoma de Ceuta cuenta con el vigente Reglamento de Mercados de la Ciudad Autónoma de Ceuta aprobado el 21 de enero de 1998, por lo que la Consejería de Sanidad Servicios Sociales Menores e Igualdad entiende que dicho Reglamento debe ser sustituido por uno nuevo para que se actualice y adecue el existente, especialmente, en lo relativo a la normativa siguinte: la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. Igualmente, pretende introducir en el mismo, algunas cuestiones no reguladas en el texto del año 1998.
El presente documento tiene como finalidad dar respuesta a las cuestiones que plantea el artículo 133.1 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y servir de base a la consulta previa relativa a la elaboración del anteproyecto de un nuevo Reglamento de Mercados:

a Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Los principales problemas que se pretenden solucionar con una nueva Ordenanza de Mercados para Ceuta, se concretan a grandes rasgos principalmente en desarrollar aspectos que si bien algunos no figuran en el actual Reglamento, otros requieren por su parte de un desarrollo normativo en el marco de la nueva Ordenanza a elaborar, y básicamente son los relacionados con: la organización y el régimen de funcionamiento de los Mercados de Abastos, se requiere asimismo incidir en los aspectos tecnicosanitarios y una regulación mas exhaustiva en lo concerniente al régimen de derechos y obligaciones de los titulares de la concesión administrativa.
b La necesidad y oportunidad de su aprobación.
El Servicio de Mercados regula esta materia en un Reglamento que data del año 1.998 y que ha dejado de responder a las necesidades actuales, por lo que se hace necesaria una nueva regulación que dé respuesta a las numerosas cuestiones surgidas a lo largo de estos años de funcionamiento del Mercado de Abastos, resultando imprescindible actualizar el mismo a fin de regular todas las vicisitudes que el comercio de productos de primera necesidad conlleva, y dadas las nuevas necesidades surgidas a raíz del rápido desarrollo que está experimentando el sector comercial, debido a los cambios legislativos producidos y a las nuevas tendencias en el consumo, que se traducen en nuevas fórmulas comerciales, determinan su adaptación a los nuevos tiempos y necesidades del sector, debiendose recoger por tanto las modificaciones legales producidas en una ordenanza más acorde con los cambios producidos a lo largo de estos años.
c Los objetivos de la norma.
1.-A través del anteproyecto de la Ordenanza de Mercados, se pretende dar cumplimiento al contenido de la Ley 17/2009, de 23
de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
2.-Actualización jurídica de la Ordenanza actual, reflejando en un nuevo texto normativo el contenido íntegro de la normativa referida en el punto anterior e incorporando, en su caso, el resto de normativa que en esta materia haya sido dictada por el Estado hasta la fecha del presente documento.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 15/01/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha15/01/2019

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones6161

Primera edición19/11/1926

Ultima edición30/04/2024

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