Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 11/12/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

830.- ANUNCIO
La Excma. Sra. Consejera de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, D Kissy Chandiramani Ramesh, en virtud del Decreto de nombramiento realizado por el Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, número 002128, de 28/02/2017, publicado en el BOCCE extraordinario Nº 5, de 28/02/2017, y del también Decreto de la Presidencia, de 20/09/2017, publicado en el BOCCE Nº 5.717, de 29/09/2017, por el que se define la estructura de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en el ejercicio de la facultad conferida a éste por el artículo 14.2 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, en su condición de Presidenta del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y a lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de los Estatutos del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta BOCCE número 4.599, de 12 de enero de 2007, en su decreto número 010370, de 27 de noviembre de 2018, ha resuelto lo siguiente:
IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE
Asunto: Deter minación del pr ecio máximo de venta al público de los gases licuados del petr óleo envasados, a par tir de las 00:00 horas del 20 de noviembre de 2018.
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas: 08/11/2018.
Publicación en el BOE: Núm. 279 de 19/11/2018.
Expediente: 14.488/2018.
Fecha Iniciación: 19/11/2018
Lugar de las actuaciones: Dir ección de Tr ibutos, Or ganismo Autónomo Ser vicios Tr ibutar ios de Ceuta, Consejer ía de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo. C/ Padilla s/n. Edif. Ceuta Center, 1 planta. Tlfno: 956528292 y 956528293. email: jdgarcia@ceuta.es ANTECEDENTES DE HECHO.Los Servicios Técnicos del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta ponen de manifiesto la conveniencia de cifrar la incidencia en la determinación automática de precios, en el ámbito de los gases licuados del petróleo envasados en adelante, GLPS, de la potestad que a la Administración de la Ciudad Autonoma de Ceuta le confieren las normas reguladoras de esta materia.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS.-

La Orden IET/389/2015, de 5 de marzo, actualiza el sistema de determinación automática de precios máximos de venta de los GLPS. El artículo 2.1 de esta norma dispone:
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
2.

El sistema de determinación de los precios máximos de venta, antes de impuestos, establecido en esta Orden, será de aplicación a los GLPS, en envases con carga igual o superior a 8 Kg e inferior a 20 Kg, cuya tara sea superior a 9 Kg, a excepción de los envases de mezcla para usos de los GLPS como carburante.

El artículo 4.3 de la misma Orden afirma:
Artículo 4. Costes de comercialización.
3.

Las autoridades competentes de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las Ciudades de Ceuta y Melilla podrán establecer variaciones en más o en menos sobre los costes de comercialización establecidos, hasta una cuantía máxima equivalente a la diferencia entre los impuestos repercutibles al consumidor en el régimen fiscal de Canarias, Ceuta y Melilla, respectivamente, y los aplicables con carácter general en el resto del territorio nacional, en función de factores específicos locales que justifiquen las diferencias en los costes de comercialización.

El Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Economía, Recursos Humanos y Presidente del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, en virtud del Decreto número 015813, de 18 de diciembre de 2013, publicado en el B.O.C.CE. 5325, de 27 de diciembre de 2013, ha establecido la variación al alza sobre los costes de comercialización de los GLPS en nuestro ámbito territorial en 0,171125 euros/Kg de producto.
La Resolución de 08/11/2018, de la Dir ección Gener al de Política Ener gética y Minas BOE NÚM. 279, de 19/11/2018, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los GLPS, en envases de carga igual o superior a 8 Kg, e inferior a 20 Kg, excluidos los envases de mezclas para uso de los GLPS como carburantes, determina, en su dispositivo Primero.2:
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 11/12/2018

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha11/12/2018

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones6161

Primera edición19/11/1926

Ultima edición30/04/2024

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