Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/12/2023 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

218.-

ANUNCIO

DECRETO del Consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, D. Alejandro Ramírez Hurtado, de fecha 19 de diciembre de 2023 por el que se somete a audiencia e información pública incremento de las tarifas de aplicación al Servicio de Transporte Urbano de Viajeros en automóviles ligeros auto-taxi en la ciudad de Ceuta.

La ASOCIACIÓN TAXI Y EURO TAXI DE CEUTA, con CIF G44584183, mediante escrito de fecha 11.10.2023
2023/59984, solicita adaptar e incrementar la tarifa de auto-taxis vigente en la actualidad, adaptándola a la situación real y económica de acuerdo con el IPC, según lo previsto en el art. 48 de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Trasporte Urbano de Viajeros en Automóviles Ligeros de Auto-taxis, cumpliendo con el controlo metrológico de conformidad y obligación a cumplir, según Orden ITC/155/2020 de 7 de febrero por la cual se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, aportando propuesta de tarifas.
En la referida solicitud, los interesados detallan la propuesta de tarifa:
TARIFA :
Carrera mínima 3,60 €
Bajada de Bandera 1,15 €
Kilómetro recorrido 0,85 €
Hora de parada 23,28 €
Valor del salto 0,05 €

Primer salto por distancia 2.881 m Saltos sucesivos por distancia 58,80 m Primer salto por tiempo 78,77 seg Saltos sucesivos por tiempo 7,73 seg SUPLEMENTOS:

1.

Sábados y domingo 1,25 €

2.

Festivos y feria 1,25 €

3.

Nocturno de 21:00 horas hasta 7:00 horas .. 1,25 €

4.

Servicios a Benzú, García Aldave y Monte Hacho Ida ..1,65 €

5.

Estación marítima y helipuerto 1,45 €

6.

Maletas, bultos o similar 0,45 €

7.

Animales domésticos..1,25 €

8.

Cada hora o fracción a partir de 1 hora 3,95 €

9.

Recorrido turístico 1 hora y media 39,80 €

10. Servicio especial silla de ruedas 1,45 €

El cliente abonará un solo suplemento de los puntos 1 y 2.
No es obligatorio llevar cambio mayor de 20,00 euros.
No es obligatorio presentar servicios por carreteras y caminos sin asfaltar.
El punto 10 es sólo para vehículos adaptados.

Con fecha 14.12.2023 los servicios técnicos de Intervención elaboran informe económico de la actualización de las tarifas relativas a la prestación servicio público auto-taxi, recogiéndose en el siguiente cuadro la actualización de las tarifas recogidas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.214

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/12/2023 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha19/12/2023

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones488

Primera edición31/03/2004

Ultima edición09/05/2024

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