Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 11/12/2023 - Extraordinario

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL EN CEUTA

211.-

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, POR LA QUE SE ADJUDICAN
SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, EN EL ÁMBITO DE COLABORACIÓN CON
INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCRO QUE CONTRATEN TRABAJADORES DESEMPLEADOS PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL EN CEUTA, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023.
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- Por Resolución de 26 de octubre de 2023 BOCCE de 27 de octubre de 2023, del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE
en Ceuta, se aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con entidades sin ánimo de lucro que contraten trabajadores desempleados para servicios de interés general y social en Ceuta.
II.- En la citada convocatoria se observaron todos los aspectos generales en cuanto a su contenido: objeto y regulación; beneficiarios y requisitos; crédito presupuestario; régimen de concurrencia; órganos competentes; plazos y vías de recursos.

III.- Con fecha 21.11.2023, la subdirectora provincial de prestaciones, empleo y formación, emite propuesta de Resolución provisional, adjudicando las puntuaciones de la convocatoria citada.
IV.- Las entidades solicitantes que habían sido propuestas en la resolución provisional como adjudicatarias de la subvención, manifiestan por escrito su intención de no presentar alegaciones a la propuesta emitida.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS.
PRIMERA.- En la citada convocatoria se han observado todos los aspectos generales en cuanto a su contenido: objeto y regulación, beneficiarios y requisitos, crédito presupuestario, régimen de concurrencia, órganos competentes, plazos y vías de recursos.
Todo ello en base a la normativa reguladora siguiente: Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones BOE de 18
de noviembre y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la misma BOE de 25 de julio; La Orden TES/ 1077 /2023, de 28 de septiembre, de 2023, por la que se establecen , en el ámbito competencia del Servicio Público de Empleo Estatal, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo ordena en su Anexo los programas comunes por ejes de políticas activas, incluyendo en el EJE 3 OPORTUNIDADES DE EMPLEO, el Programa 05 : Programa de inserción laboral a través de obras y servicios de interés general y social y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
SEGUNDA.- El Órgano colegiado de Valoración procedió a emitir informe concretando el resultado de la evaluación efectuada;
y el Órgano instructor, a la vista del expediente y del informe referido, formula propuesta de resolución provisional debidamente motivada; todo ello de acuerdo con el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones y lo establecido en la Resolución de 26 de octubre del Director Provincial del SEPE-Ceuta.
TERCERA.- El Director Provincial del SEPE-Ceuta es competente para resolver el expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 de la ley 38/2003; y el apartado primero.siete.3.1.a de la Resolución de 6 de octubre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, sobre delegación de competencias BOE de 13 de octubre.
CUARTA.- Superada la puntuación mínima de valoración por todas las entidades, manifiestan por escrito su intención de no presentar alegaciones a la propuesta emitida, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley 38/2003, se determina que la propuesta realizada por el Órgano instructor tenga carácter de definitiva.

RESOLUCION
VISTAS las disposiciones citadas y demás concordantes de general aplicación, esta Dirección Provincial RESUELVE:
Primero.- Adjudicar, a las entidades del anexo I de esta resolución, las subvenciones que ese indican. Todo ello en relación con la convocatoria 2023 de subvenciones públicas, en concurrencia competitiva, con cargo al crédito presupuestario 19.101.241A.485.01 del Presupuesto de Gastos del SEPE-Ceuta, con la cantidad de 301.762,55€ trescientos un mil setecientos sesenta y dos euros con cincuenta y cinco céntimos según detalle anexa a esta Resolución anexo I.
Segundo.- Con dicha subvención se financiarán los costes salariales de 26 trabajadores, debiendo ser contratados como máximo hasta el 30 de agosto de 2024.
Tercero.- Para la selección de los trabajadores objeto de la contratación, se tendrán en cuenta los requisitos establecidos en el artículo 45 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre.
La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, de acuerdo con el artículo de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la propia Convocatoria 2023 para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con entidades sin ánimo de lucro que contraten trabajadores desempleados para servicios de interés general y social en Ceuta.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.203

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 11/12/2023 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha11/12/2023

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones488

Primera edición31/03/2004

Ultima edición09/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31