Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/4/2021 - Extraordinario
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario
BOCCE EXTRAORDINARIO Nº35
Viernes 23 de Abril de 2021
Artículo 9: Comunicación de las medidas.
1. No existe la necesidad de obtener la ratificación judicial prevista en el artículo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en virtud de lo dispuesto en el art. 2.3 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
2. El presente Decreto será comunicado al Ministerio de Sanidad, al de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, al de Interior y al de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Artículo 10: Publicidad.
El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, así como en la página oficial de información de esta Administración.
Disposición final única: Régimen de recursos Contra el presente Decreto se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el BOCCE, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1.a de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
En Ceuta, a 23 de abril de 2021.- El Presidente de la Ciudad de Ceuta, Juan Jesús Vivas Lara.
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