Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 13/12/2019 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

225.-

TituloES: Extracto del Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 10/12/2019 por el que se aprueba la convocatoria de ayudas para estudios en el Instituto de Idiomas de la Ciudad Autónoma de Ceuta para el curso 2019/2020, en régimen de concurrencia competitiva.
TextoES: BDNSIdentif.:485750
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.
Primero. Beneficiarios.
Alumnado que se halle realizando estudios en el Instituto de Idiomas que cumpla los requisitos y demás circunstancias establecidos.
Segundo.- Objeto.
La concesión de ayudas para estudios a los citados alumnos, en régimen de concurrencia competitiva.
Tercero.- Bases Reguladoras.
Las Bases Reguladoras se encuentran publicadas en el B.O.C.CE Extraordinario nº 51 de 28/12/2018.
Cuarto. Cuantía.
El importe total por el que se efectúa la presente convocatoria asciende a la cantidad de 60.000 €, con cargo a la partida que corresponda del Presupuesto General de la Ciudad para 2020, a condición suspensiva de crédito adecuado y suficiente.
Se establecen dos tipos de cuantías en función de la renta anual y de los miembros computables de la familia del solicitante, según los dos umbrales de renta fijados en la convocatoria:
1.- Aquellos alumnos cuya renta familiar sea inferior a la indicada en el umbral 1 recibirán una ayuda correspondiente al 100%
de los gastos de cuotas y matriculación.
2.- Los que hayan obtenido una renta superior al umbral 1 pero inferior a la indicada en el umbral 2, recibirán una ayuda correspondiente al 50% de los gastos de cuotas y matriculación.

Los que superen el umbral 2 quedan excluidos.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Sexto.- Otros datos.
Las solicitudes se ajustarán al modelo que se facilita en la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta, cuyo enlace figura en el siguiente párrafo, y se podrán presentar:
1.- Online: A través de la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta: https sede.ceuta.es/controlador/controlador?
cmd=tramite&modulo=tramites&tramite=SAEID.
2.- De forma presencial:
En la Oficina de Atención al Ciudadano del Registro General de la Ciudad de Ceuta sita en el Edificio Ceuta Center, en su horario de apertura al público.
En los Registros Auxiliares sitos en Avenida de África y Barriada El Príncipe, en su horario de apertura al público.
Para realizar la presentación presencial de solicitudes en dichas oficinas de Registro, se deberá obtener cita previa a través del teléfono 900 70 10 62 o de la página web http citas.ceuta.es/.
3.- En cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Lugar de la Firma: Ceuta Fecha de la Firma: 2019-12-11
Firmante: EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, Carlos Rontomé Romero.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.323

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 13/12/2019 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha13/12/2019

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones486

Primera edición31/03/2004

Ultima edición29/04/2024

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