Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 2/7/2019 - Extraordinario

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

8.- Suspensión cautelar de concursos, certámenes, lugares de concurrencia canina habilitados así como cualquier actividad cinegética que suponga la suelta y/o concentración de animales susceptibles a la rabia. Para que se autoricen dichos concursos, es necesario que se demuestre, documentalmente, que los animales tienen la suficiente titulación de anticuerpos frente a rabia mayor o igual a 0,5 UI/ml, mediante documentación oficial acreditativa de dicha condición Pasaporte de animales de compañía y/o Certificado de movimiento oficial, según el país de procedencia.
9.- Campaña informativa a los ciudadanos a través de medios digitales e impresos de difusión local.
10.- Campaña de vacunación preventiva y de control del personal de riesgo.
11.- Intensificar el control oficial de animales domésticos en frontera recinto aduanero y perímetro y Puerto de Ceuta, tanto en lo referido a verificación documental y de identidad de los animales portados por sus propietarios como en cuanto a la presencia de animales vagabundos, debiendo requerir, en su caso, la asistencia de los servicios veterinarios competentes según la demarcación competencial en la que se produzcan los hechos.
12.- Todas las medidas entran en vigor con la firma de Decreto y por un plazo de 6 meses desde la declaración del foco, debiendo proceder a su levantamiento por igual acto administrativo.
13.- Procede la publicación en el B.O.C.CE 13.- Contra la presente resolución, que agota vía administrativa, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Ley 39/2015, de 1 de octubre podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los arts. 47 y 48 de este mismo texto normativo, ante el mismo órgano que ha dictado resolución en el plazo de un mes o ser impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al que se recepcionó la notificación, conforme a los arts. 123.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8.2 y 46 de la Ley de Jurisdicción Contenciosa Administrativa. No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Francisco Javier Guerrero Gallego Consejero U.A. Consejería Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad Fecha:01/07/2019

o

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta Plaza de África s/n - 51001 - CEUTA
Depósito Legal: CE. 1 - 1958
Diseño y Maquetación - Centro Proceso de Datos Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.063

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 2/7/2019 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha02/07/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones486

Primera edición31/03/2004

Ultima edición29/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031