Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 3/11/2016 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

compulsada por la Ciudad Autónoma de Ceuta o fedatario público legalmente habilitado al efecto.
2.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE.

3.

La presentación de solicitudes podrá realizarse en los Registros de la Ciudad de Ceuta o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

SEXTA.- Selección, nombramiento y toma de posesión.
Los aspirantes podrán ser llamados en caso de considerarse oportuno a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su currículo profesional y cualesquiera otras que el Presidente de la Ciudad considere necesarias, con el fin de determinar la idoneidad del candidato para su nombramiento.
El nombramiento requerirá el previo informe del Consejero de Presidencia, Gobernación y Empleo de la Ciudad de Ceuta, y deberá efectuarse por el Presidente de la Ciudad de Ceuta en el plazo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más por el órgano competente en materia de personal.

La resolución de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte del/de la candidato/a elegido/a de los requisitos y especificaciones exigidos en esta convocatoria, y la competencia para proceder al mismo. En todo caso deberá quedar acreditada como fundamento de la resolución adoptada la observancia del procedimiento debido.
El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, siendo el plazo de toma de posesión de tres días hábiles desde la fecha de la resolución del nombramiento.
SEPTIMA.- Remoción del puesto de trabajo.
El/la empleado/a adscrito/a al puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación podrá ser removido del mismo con carácter discrecional. La motivación de esta resolución se referirá a la competencia para adoptarla.
OCTAVA.- Recursos.
Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo ante el órgano convocante u órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de uno o dos meses respectivamente, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Y ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.

o

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 3/11/2016 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha03/11/2016

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones485

Primera edición31/03/2004

Ultima edición24/04/2024

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