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Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 28/05/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Correo Oficial
Boletín Oficial Franqueo a pagar C uent a Nº 17017F10
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DRA. JESSICA YANNINA AYALA
Subsecretaria
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
Director
Propiedad Intelectual 948.707
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@chaco.gov.ar - Tel-Fax. 0362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXII
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 28 PAGINAS
RESISTENCIA, LUNES 28 DE MAYO DE 2018
LEYES
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2784-G
CONCIENTIZACIÓN SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO
ARTÍCULO 1º: Adhiérese la Provincia del Chaco, en el ámbito de su competencia, a la ley nacional 27.410 que instituye el mes de noviembre de cada año como Mes Nacional de Concientización sobre la Violencia de Género.
ARTÍCULO 2: Será autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia del Chaco, en coordinación con el Gabinete Interministerial de Género.
ARTÍCULO 3: Invítase a los Municipios a adherirse a la presente ley.
ARTÍCULO 4: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
Rubén Darío Gamarra, Secretario Lidia Elida Cuesta, Presidenta DECRETO Nº 734
Resistencia, 18 abril 2018
VISTO:
La sanción legislativa N 2.784-G; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que f ormular, procede s u promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 2.784-G, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Peppo / Cáceres s/c E:28/5/18
><
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2785-E
DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO Y
CULTURAL DE LA PROVINCIA DEL
CHACO A LA EGB Nº 255 "FELIPE BOERO"
ARTÍCULO 1º: Declárase Patrimonio Histórico y Cultural de la Provincia del Chaco, a la EGB N 255 "Felipe Boero", la que fue construida en 1935, sito en la calle Remedios de Escalada N 850, de la ciudad de Juan José Castelli, Departamento General Gemes de la Provincia del Cha-
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 10.231
co, en el marco de la ley 1400 - E antes ley 5556 de Patrimonio Histórico, Cultural y Natural, de la Provincia del Chaco.
ARTÍCULO 2: El Poder Ejecutivo, a través del instituto de Cultura del Chaco, en coordinación con el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, dará cumplimiento a los principios y objetivos, métodos e instrumentos de actuación pertinentes para proteger y conservar el bien declarado en el artículo precedente, con la participación y el compromiso de la comunidad.
ARTÍCULO 3:. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
Rubén Darío Gamarra, Secretario Lidia Elida Cuesta, Presidenta DECRETO Nº 736
Resistencia, 19 abril 2018
VISTO:
La sanción legislativa N 2.785-E; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que f ormular, procede s u promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 2.785-E, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Peppo / Cáceres s/c E:28/5/18
><
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2786-E
DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE
LA PROVINCIA DEL. CHACO, A LA ESCUELA DE
EDUCACIÓN SECUNDARIA N 184
"GENERAL MARTÍN M. DE GEMES"
ARTÍCULO 1: Declárase Patrimonio Histórico y Cultural de la Provincia del Chaco, a la Escuela de Educación Secundaria N 184 "General Martín M. de Gemes" inmueble construido entre 1955 y 1956, sito en calle Mitre N 250, de la ciudad de Juan José Castelli, Departamento General Gemes de la Provincia del Chaco, en el marco de la ley 1400 - E antes ley 5556 de Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de la Provincia del Chaco.
ARTÍCULO 2: El Poder Ejecutivo, a través del Instituto de Cultura del Chaco, en coordinación con el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, dará cumplimiento a los principios y objetivos, métodos e instrumentos de actuación pertinentes para proteger y conservar