Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 02/06/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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Franqueo a pagar SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Cuenta N 17.100
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
S.C. G.
Directora: C.P. ELDA AÍDA PÉRTILE
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Correo Privado
Boletín Oficial
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.ecomchaco.com.ar/BoletinOficial - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520

AÑO LIV
EDICION 16 PAGINAS

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, LUNES 02 DE JUNIO DE 2008

EDICION N 8.773

DECRETOS
DECRETO Nº 1.866
Resistencia, 23 mayo 2008
VISTO:
El Expediente N 202-230408-0011 del registro de la Mesa de Entradas y Salidas de la Dirección de Administración del Ministerio de Economía, Producción y Empleo; y CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita la aprobación del Convenio suscripto el día 13 de marzo de 2008 entre el Ministerio de Economía, Producción y Empleo y el Nuevo Banco del Chaco S.A.;
Que el objeto de dicho Convenio tiende a implementar un mecanismo de apoyo financiero, destinado a la BONIFICACIÓN DE TASAS PARA MIPYMES - Línea N 752 -;
Que la tasa de interés a bonificar se realiza con el objeto de otorgar créditos a las Empresas de buenos antecedentes de concepto y cumplimiento, que desarrollen actividad rentable dentro de los distintos sectores de la economía, acrediten su radicación y habilitación en el territorio de la Provincia del Chaco;
Que por lo expuesto, se procede al dictado del presente instrumento legal;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E TA :
ARTICULO 1: Aprobar el Convenio de Bonificación de Tasas, suscripto el día 13 de marzo de 2008, entre el Ministerio de Economía, Producción y Empleo y el Nuevo Banco del Chaco S.A., por el cual el Ministerio de Economía, Producción y Empleo bonificará la tasa de interés de los créditos a otorgar por la entidad crediticia, a través de la Línea N 752 BONIFICACIÓN DE TASAS PARA MIPYMES, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2: Facultar al Señor Ministro de Economía, Producción y Empleo a suscribir Convenios Complementarios, que propicien el perfeccionamiento de los objetivos propuestos en el Convenio, cuya aprobación se dispusiera en el artículo precedente.
ARTICULO 3: El gasto emergente de lo dispuesto en el presente Decreto se imputará a la respectiva partida del presupuesto de la Jurisdicción 11 Ministerio de Economía, Producción y Empleo, de acuerdo a la naturaleza de la erogación.
ARTICULO 4: Comunicar, dar al Registro Provincial, publicar en forma sintetizada en el Boletín Oficial y archivar.
Fdo.: Capitanich/Aguilar CONVENIO DE BONIFICACION DE TASAS
PARA "MIPYMES" ENTRE EL NUEVO BANCO DEL
CHACO S.A. Y EL MINISTERIO DE ECONOMIA, PRODUCCION Y EMPLEO DE LA PROVINCIA DEL
CHACO
En la Ciudad de Resistencia, el día 13 de Marzo del año dos mil ocho, entre el NUEVO BANCO DEL CHACO S.A.,
con domicilio en calle Gemes N 102 de la ciudad de Resistencia, en adelante "EL BANCO" representado en este acto por los Directores: C.P Carlos María de los Santos, D.N.I. N 7.654.291, el C.P. Angel Carlos Gigli, D.N.I. N 12.816.682 y el Sr. Raúl Adolfo Bagatolli, D.N.I.
N 12.172.709 facultados por Resolución N 224/07 y N
225/07 respectivamente del Directorio del NBCH S.A., por una parte, y el MINISTERIO DE ECONOMIA, PRODUCCIÓN Y EMPLEO C.U.I.T. N 30-71038910-8, con domicilio en calle Marcelo T. de Alvear N 145, de la localidad de Resistencia, Chaco, Teléfono N 448021, representada por su Titular Lic. Eduardo Alberto Aguilar, D.N.I. N
22.687.039, designado por decreto provincial N 03 del 10 de diciembre de 2007, en adelante "EL MINISTERIO"
por la otra, convienen en celebrar el presente Convenio, que se regirá de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones:--------------------------------------------------Primera: OBJETO
Implementación de un mecanismo de apoyo financiero destinado al complemento de las disposiciones de la Ley de Promoción Industrial Ley N 4.453 para las Empresas de buenos antecedentes de concepto y cumplimiento, que desarrollen actividad rentable dentro de los distintos sectores de la economía, acrediten su radicación y habilitación en el territorio de la Provincia del Chaco.----------Segunda: LINEA DE CRÉDITO
EL BANCO mediante Resolución de Directorio N 056 del 19 de febrero de 2008 según Acta N 341 del citado cuerpo, dispuso prestar aprobación a la denominada "LINEA 752" con el objeto de asistir financieramente a las empresas de los distintos sectores de la economía, en las siguientes modalidades: Capital de Trabajo, Activos Fijos y Proyectos de Inversión.------------------------------------Tercera: BONIFICACIÓN DE TASA
EL MINISTERIO bonificará la tasa de interés de los créditos otorgados a través de la Línea precedente en cinco 5 puntos porcentuales, los que serán descontados de la tasa de grilla que EL BANCO establezca para dichas operaciones. Aquellos proyectos que por su impacto en términos de empleo, de innovación tecnológica en el medio local, o de fortalecimiento de la producción en eslabones clave de las cadenas productivas existentes o a crearse en la Provincia del Chaco, sean considerados de importancia estratégica por el Ministerio de Economía, Producción y Empleo, y en carácter de tal sean tramitados a través del Area de Proyectos de EL MINISTERIO, podrán recibir una bonificación de hasta cinco 5 puntos porcentuales adicionales, totalizando un subsidio de hasta diez 10 puntos porcentuales sobre la tasa de grilla fijada por EL BANCO.---------------------------------------------Cuarta: CUPO DE CRÉDITO
El monto total de los créditos otorgados por EL BANCO
que bonificará EL MINISTERIO dentro de esta operatoria, no podrá superar la suma total de PESOS OCHENTA MILLONES $ 80.000.000.- pudiéndose ampliar dicho cupo previo acuerdo de las partes.--------------------------------Quinta: MORA DEL PRESTATARIO
La mora será automática y operará de pleno derecho por el mero transcurso del tiempo y vencimientos de los pla-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 02/06/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaísArgentina

Fecha02/06/2008

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones3257

Primera edición14/07/1999

Ultima edición12/06/2026

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