Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/05/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

establecido por ley y se le aportó el número telefónico de la delegación sur de Capital Humano y Capacitación como así mismo el correo oficial, a fin de que se comunique por algún medio e informe sobre su situación. No se habiéndose comunicado por ningún medio con personal de esa delegación, se procedió a cumplimentar con tres citaciones formales para regularizar su situación. Que a orden N 7, obra Corte preventivo de haberes a la OFICIAL SUBAYUDANTE P.P MORALES GUTIERREZ LUCIA
GABRIELA DNI N 39.235.168 realizado mediante Resolución N 2970/23 de fecha 27/11/2023. Que a orden N 12, obra dictamen de Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad. Que a orden N 26, obra informe de Comisaria 8va mediante el cual se deja constancia que dando cumplimiento a la medida solicitada personal de ésa se constituyó en calle Barcelona N 1991 de San Rafael a los fines de proceder a la notificación formal de la efectivo MORALES GUTIERREZ LUCIA GABRIELA, entrevistando al progenitor de la misma MORALES FLORES VICTOR ALEJANDRO titular de DNI N 20.452.544, quien manifestó que su hija se encuentra viviendo en España. Que así, de todas las constancias de autos surge a prima facie a criterio de esta instancia salvo disposición contraria que la funcionaria policial identificada como OFICIAL SUBAYUDANTE P.P MORALES GUTIERREZ LUCIA GABRIELA DNI N
39.235.168 habría infringido con su accionar lo dispuesto por el Art. 100 inc. 1ero y 3ero en función del Art. 8 primera parte concordante con el Art. 43º inc. 1ero y 3ro de la ley 6722/99. Toda vez que la efectivo, habría actuado de forma contraria a las normas que regulan el accionar policial. Puntualmente la funcionaria policial usufructuó licencia extraordinaria por situaciones particulares por el término de un año, la cual finalizó el 01/11/2023 y a la fecha no se presentó a prestar servicio, por lo que habría abandonado voluntaria y maliciosamente la normal prestación de servicio de seguridad sin causa justificada. Que por las consideraciones expuestas precedentes, el Cuerpos Colegiado de esta Inspección General de Seguridad considera que deberá dictarse la correspondiente resolución ordenando iniciar la formal instrucción de Sumario Administrativo al efectivo citado anteriormente. El Instructor Sumariante designado deberá tener presente lo expuesto en las actuaciones administrativas realizada y la incorporación de las pertinentes pruebas, a los fines de poder analizar en detalle los hechos y de creerlo necesario cambiar la calificación administrativa sugerida. Que, por todo ello y en uso de las atribuciones que le confieren los ordenamientos legales; EL DIRECTORIO DE LA INSPECCION GENERAL DE
SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1º:
ORDÉNESE
INSTRUIR
FORMAL
SUMARIO
ADMINISTRATIVO en sede de esta Inspección, a la funcionaria policial identificada como OFICIAL
SUBAYUDANTE P.P MORALES GUTIERREZ LUCIA GABRIELA DNI N 39.235.168, debiendo encuadrarse su conducta imputándole prima facie la comisión de la falta administrativa tipificada en el Art. 100 inc. 1ero y 3ero, Art. 8 primera parte en función concordante con el Art. 43º inc. 1ero y 3ro de la ley 6722/99. Todo ello, en virtud de las razones referidas en los considerandos de la presente resolución y sin perjuicio que durante la investigación puedan ampliarse los hechos y en consecuencia las imputaciones. Artículo 2º: Solicítese al Ministerio de Seguridad y Justicia se ordene el pase a REVISTA A
PASIVA de la OFICIAL SUBAYUDANTE P.P MORALES GUTIERREZ LUCIA GABRIELA DNI N
39.235.168, retroactivo al 02 de noviembre de 2023 en los términos del Art. 68 Inc. 6 de la Ley 6722.
Artículo 3: Extráigase compulsa a los fines de ser remitida a la oficina fiscal que por turno corresponda en virtud de lo dispuesto por el Artículo 252 del C.P. Artículo 4º: Desígnese Instructor Sumariante a la Auxiliar 2 P.P Luque María Alejandra, conforme lo dispone el Art. 116º de la Ley 6.722, debiendo el instructor designado cumplir con los plazos, formas y condiciones establecidas en el Capítulo V Sección I, del citado cuerpo legal. Artículo 5º: Notifíquese personalmente al Instructor Sumariante, insértese en el Libro de Resoluciones y oportunamente archívese la presente Resolución.-. FDO Gustavo Francisco SarliDirector Vocal, Miguel AngelBondino Director Vocal, Marcelo Fabián Puertas Director Presidente. 3ro. Por este acto se le notifica que se le atribuye la comisión prima facie de las faltas contempladas en el Art. 100 inc. 1ero y 3ero en función del Art. 8 primera parte concordante con el Art.
43º inc. 1ero y 3ro de la ley 6722/99. Se le hace conocer al sumariado los modos de resolución del sumario prescriptos en el artículo 119 de la Ley 6722 en sus incisos a Solución de conflicto, b suspensión de sumario a prueba, c sumario abreviado inicial. Que en su contra existen las siguientes pruebas: Registro N 2, con informe realizado por la Delegación Sur de Capital Humano y Capacitación, Registro Nº 26 obra informe de Comisaria 8va, Registro N 27 solicitud de antecedentes migratorios, Registro N 36 Informe de movimientos migratorios. 4to. Que para tal acto el Sumariado podrá ser patrocinado por un abogado de la matricula o por un oficial retirado de las policías de Mendoza, según lo establecido en el artículo 121º de la Ley 6722. 5to. Darle a conocer al endilgado en autos que a partir de
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 23 de Mayo de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/05/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha23/05/2024

Nro. de páginas93

Nro. de ediciones1829

Primera edición20/01/2017

Ultima edición13/06/2024

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