Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 05/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

provéase: Conforme el trámite previsto por el art. 70 del CcyC: HÁGASE SABER a los posibles interesados la petición de modificación de apellido respecto de solicitada por MORENA JAEL SOLOA
ZALAZAR DNI N 48.542.477 Publíquese dicha petición mediante edictos en el Boletín Oficial una vez por mes y por el lapso de dos meses. Extráiganse a cargo de parte informes acerca de medidas precautorias existentes respecto de MORENA JAEL SOLOA ZALAZAR DNI N 48.542.477informe de no inhibición, de titularidad de bienes del Registro de la Propiedad y antecedentes penales. Cúmplase a cargo de los letrados de la parte art. 34 inc. 7 CPCCyT y 30 CPF, acompañando los informes por el Portal de IOL. Fdo. Dr. Carlos Emilio NEIROTTI Juez de Familia y Violencia Familiar.
S/Cargo 28/11 05/12/2023 2 Pub.
Autos N.º 75804/23/15FLH 13-07323646-5 GEJUAF LAS HERAS BARRIONUEVO, AZUL AGOSTINA
P/ MODIFICACIÓN DE NOMBRE O APELLIDO. Décimo Quinto Juzgado de Familia, departamento de Las Heras Provincia de Mendoza a cargo de la Dra. Susana Mastromauro, Jueza de la causa, en autos 75804/2023 13-07323646-5 GEJUAF LAS HERAS caratulados BARRIONUEVO, AZUL AGOSTINA
P/MODIFICACIÓN DE NOMBRE O APELLIDO, en los que se manda publicar edictos por el término de ley conforme Articulo 70 Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, en virtud de haber solicitado la actora la supresión de su apellido paterno y adición del apellido materno, de manera de llamarse AZUL
AGOSTINA GONZALEZ. Para mayor seguridad se transcribe el decreto que así lo dispone: Mendoza, 20 de Setiembre de 2023. Téngase por presentada, parte y domiciliada en el carácter invocado junto al patrocinio letrado del Codefensor DIEGO NIEVAS COFAM53. Téngase presente el domicilio legal constituido art.21 del CPCyT. Téngase presente los hechos relatados y suscripta la demanda por los padres de la accionante. Imprímase al presente el trámite dispuesto por el art. 70 del CCyC, en consecuencia; Admítase la prueba ofrecida por la actora, a saber, 1- Téngase por agregada la prueba instrumental. 2- A la pericial ofrecida oportunamente y en caso de resultar necesario. Asimismo conforme las disposiciones del art. 70 del CCC, HÁGASE SABER a los posibles interesados la petición de SUPRESION DE APELLIDO PATERNO Y ADICION DE APELLIDO MATERNO solicitado por AZUL
AGOSTINA BARRIONUEVO, D.N.I. 44.537.028. Publíquese dicha petición en el Boletín Oficial una vez por mes y por el lapso de dos meses. Acompáñense informes acerca de medidas precautorias existentes en relación a la peticionante. Fecho, córrase vista al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y Ministerio Fiscal. NOTIFÍQUESE según corresponda. FDO: Dra. Susana Mastromauro JUEZA
de Familia y Violencia Familiar GE.JU.A.F Las Heras - Articulo 70 del CCCN: Proceso. Todos los cambios de pronombre o apellido deben tramitar por el proceso más abreviado que prevea la ley local, con intervención del Ministerio Público. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Puede formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Debe requerirse información sobre medidas precautorias existentes respecto del interesado. La sentencia es oponible a terceros desde su inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Deben rectificarse todas las partidas, títulos y asientos registrales que sean necesarios.- Fdo. Sandra Mónica Alcaraz Secretaria.
S/Cargo 28/11 05/12/2023 2 Pub.
INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA EXP. 2021-07253547- -GDEMZA-IPV, caratulado Bº 26
DE ENEROSISMO 1,2,3,4- MNA. -30- CS. 13, notificar al Sra. CUELLAR SANDRA ALICIA DNI Nº 16.752.071, con domicilio real desconocido, adjudicataria de la vivienda identificada como BARRIO 26
DE ENERO-SISMO 1,2,3,4- MNA.-30- CS.-13- del Departamento LAS HERAS de la Provincia de MENDOZA, CODIGO: 2313000013, que atento a las irregularidades detectadas en el estado de ocupación de la vivienda artículo 26º y concordantes del Decreto 868/77, se los emplaza en el término de DIEZ DIAS HÁBILES a partir de la publicación del presente edicto artículos 152º, 160º y concordantes Ley 9003, para que presenten por escrito a éste I.P.V. defensa, ofrezcan prueba y constituyan domicilio legal, bajo apercibimiento de Ley. Asimismo se los emplaza para que en el mismo término 10 días hábiles procedan a cancelar la mora, que asciende a PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y

BO-2023-09275946-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 5 de Diciembre de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 69 de 103

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 05/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha05/12/2023

Nro. de páginas104

Nro. de ediciones1799

Primera edición20/01/2017

Ultima edición30/04/2024

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