Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 18/05/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Que por Ley de Ministerios Nº 9206, la Sra. Ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes se encuentra legitimada para el dictado del presente acto, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 19 y concordantes y normativas complementarias;
Por ello, en razón del pedido formulado, lo informado por el Departamento de Habilitaciones y por la Junta Evaluadora Provincial, la conformidad de la Subdirección de Fiscalización y Habilitaciones y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada, LA MINISTRA DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
R E S U E L V E:
Artículo 1- Habilitar el establecimiento denominado AREA REEDUCACIÓN & APRENDIZAJE, situado en calle Feliciano Gambarte Nº 395, Departamento Godoy Cruz - Mendoza, titularidad de FUNDACION
AREA, CUIT N 30-71690964-2, bajo la dirección técnica de la Licenciada en Fonoaudiología SILVINA DANIELA NIEDDU, DNI N 21.809.452, Matrícula Profesional N 1072, como ATENCIÓN
DIFERENCIADA SIN INTERNACIÓN OTROS.
Artículo 2- Establecer que la habilitación dispuesta por el Art. 1 de la presente resolución, alcanza al recurso humano y equipamiento declarados en orden 58 y a las dependencias del establecimiento que se detallan a continuación:
PLANTA BAJA:
Una 01 Administración Una 01 Oficina Cuatro 04 Salas de atención Una 01 Sala de atención con sanitario Una 01 Cocina Un 01 Sanitario adaptado Un 01 Patio PLANTA ALTA:
Una 01 Administración Un 01 Sanitario p/personal Una 01 Terraza Artículo 3- Categorizar la atención brindada por el establecimiento AREA REEDUCACIÓN &
APRENDIZAJE, en la modalidad prestacional SERVICIO DE APOYO A LA INTEGRACION ESCOLAR.
Artículo 4º- Inscribir al establecimiento AREA REEDUCACIÓN & APRENDIZAJE, titularidad de FUNDACION AREA, CUIT N 30-71690964-2, en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE
SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Artículo 5º - Establecer que la categoría dispuesta en el Artículo 3º de la presente resolución, tendrá validez mientras el establecimiento cuente con la respectiva habilitación del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, según lo establecido en la Resolución Nº 02/13 de la Presidencia del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad PDSPBAIPD.
Artículo 6 - La validez de la habilitación dispuesta por el Art. 1 de la presente resolución, se extenderá por el término de tres 03 años, a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de notificación de la misma, al cabo de los cuales se deberá solicitar su renovación con tres 03 meses de anticipación, según
BO-2023-03688806-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 18 de Mayo de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 29 de 119

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 18/05/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha18/05/2023

Nro. de páginas120

Nro. de ediciones1820

Primera edición20/01/2017

Ultima edición31/05/2024

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