Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/09/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Boleto N: ATM_5483557 Importe: $ 960
21-22-23-24-27/09/2021 5 Pub.
CUARTO
JUZGADO
CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en autos N 617, caratulados: "USONA MARIA EUGENIA P/ CONC. PREV. HOY
QUIEBRA", el 10 de septiembre de 2021, se ha declarado la quiebra a MARIA EUGENIA USONA, con D.N.I. N 31.491.323. Síndico designado en autos, Contador MAURICIO MARTIN MANZANARES, con domicilio legal en 25 de Mayo 217, San Martín, Mendoza, y domicilio de atención en B Mebna 1ra. Etapa Mna. G C 12, San Martin, Mendoza. Quien atenderá los días lunes y miércoles de 19:30 a 21:00 hs. en el domicilio indicado precedentemente, teléfono 2634553691. Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día DIECINUEVE DE
NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico maurimanza@yahoo.com.ar, debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art.
36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34
de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día CUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDOS hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el recalculo de los créditos verificados. Y el día VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDOS para la presentación del informe general. Ordenar al fallido y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquel.
Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ley.C.A.D. N: 24137 Importe: $ 1840
20-21-22-23-24/09/2021 5 Pub.
CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en autos N 8.787, caratulados: "LUCERO JUANA INES P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 03 de Agosto de 2021, se ha declarado la quiebra a JUANA INES LUCERO, con D.N.I. N13.122.009. Síndico designado en autos, Contador GUSTAVO MAURICIO SOTTILE, con domicilio legal en Viamonte N68, 1 piso Of.4, San Martín, Mendoza, Tel.4433633/Cel 2634682889, quien atenderá los días martes y jueves de 08.30 a 12.30 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr.
Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día CINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
VEINTIUNO. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico gusmauso@gmail.com, debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos.
Fijar el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día OCHO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDOS para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.

BO-2021-06027508-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 23 de Septiembre de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 79 de 139

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/09/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha23/09/2021

Nro. de páginas140

Nro. de ediciones1809

Primera edición20/01/2017

Ultima edición15/05/2024

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