Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 29/05/2017

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

, a los términos y efectos del art. 69 del C.P.C. II. - Notifíquese mediante edictos a publicarse por TRES
DIAS con DOS DIAS de intervalo en el Boletín Oficial y Diario LOS ANDES la presente resolución , juntamente con el traslado de la pretensión fs.27 . - Arts: 69 y 68 inc. I del C.P.C. III. - Fecho y vencido el plazo para comparecer , dese intervención al Defensor de Pobres y Ausentes en lo Civil que por turno corresponda, de conformidad con lo dispuesto por el art. 75 del C.P.C. COPIESE , NOTIFIQUESE. Fdo. Dra. Marisa Daniela Peralta, Juez ". A fs. 27 : " Mendoza , 18 de marzo de 2016.
Téngase presente. De la acción incoada y dé lo expuesto a fs. 22 , traslado a la contraria por OCHO
DÍAS. NOTIFÍQUESE. Por ratificadas las actuaciones. Fdo. Dra. Marisa Daniela Peralta , Juez ".
Boleto N: 4024038 Importe: $ 270
18-23-29/05/2017 3 Pub.
El Primer Tribunal de Gestión Asociada en lo Civil Comercial y Minas en los Autos N 258.174, caratulados " BANCO DE SAN JUAN S.A. C / ALGARAÑAZ ABELARDO RUBEN P / EJECUCIÓN
ACELERADA CAMBIARIA " a fs. 63 en su parte pertinente resolvió: " Mendoza , 20 de abril de 2017.
VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I - Declarar al Sr. Abelardo Ruben Algañaraz, D N I
14.185.032 persona de domicilio ignorado. II - Notifíquese el requerimiento de pago ordenado a fs. 19 y del presente auto por medio de edictos , a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL Y DIARIO LOS ANDES
por el término de TRES DÍAS, con dos días de intervalo , bajo responsabilidad de la parte actora ; y de conformidad a lo dispuesto por el art. 69 y 72 del Código Procesal Civil. III - Oportunamente dese la intervención que por ley corresponda a la Defensoría de Pobres y Ausentes que por turno corresponda.
REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. PUBLÍQUESE. Fdo: Dra. ROXANA ALAMO - Juez. A fs. 19 del mismo expediente, en su parte pertinente se resolvió: " Mendoza , 28 de Julio de 2.016. VISTOS Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 2 Ordenar se requiera de pago al demandado por el cobro de la suma de pesos TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON 67/100 $ 37.290,67 que le reclama el actor BANCO DE SAN JUAN S.A., con más la suma de pesos DIECISIETE MIL
SETECIENTOS NUEVE CON 33/100 $ 17.709,33 que se fija provisoriamente para intereses , gastos y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado que se encuentren en su domicilio REAL , y susceptibles de tal medida, hasta cubrir la suma de pesos CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/100 $ 55.000,00 , fijada provisoriamente para responder a capital , intereses , costos y costas del juicio. Facultese al Oficial de Justicia a hacer uso del auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario. Cítese al demandado para defensa por el término de SEIS 6 DIAS bajo apercibimiento de ley y conmínasele por la constitución de domicilio legal dentro del radio del Juzgado. Arts. 21 , 66 , 74 y 75 del Código Procesal Civil .-
REGISTRESE. NOTIFIQUESE. Fdo: Dra. Roxana Alamo Juez Boleto N: 4024081 Importe: $ 432
18-23-29/05/2017 3 Pub.
TRIBUNAL GESTION JUDICIAL ASOCIADA Nº 1 Autos Nº 257.407 LOPEZ JOSÉ ANTONIO C /
VARGAS MARIO JAVIER P / COBRO DE PESOS.- Foja: 152 " RESUELVO: II - Declarar al Sr.
Vargas Mario Javier, D N I 13.218.606 persona de domicilio ignorado. III - Notifíquese el traslado de la demanda, el decreto de declaración de rebeldía , el auto que concede el embargo preventivo solicitado , y el presente auto por medio de edictos, a publicarse en el BOLETIN OFICIAL Y DIARIO LOS ANDES por el término de TRES DIAS , con dos días de intervalo , bajo responsabilidad de la parte actora; y de conformidad a lo dispuesto por el art. 69 y 72 del Código Procesal Civil. IV - Oportunamente dese la intervención que por ley corresponda a la Defensoría de Pobres y Ausentes que por turno corresponda.
NOTIFÍQUESE. Firmado: DRA. FABIANA MARTINELLI. Juez ".- Foja: 86 " Mendoza , 17 de Marzo de 2016. Por presentado , parte y domiciliado en el carácter invocado, a tenor del escrito ratificatorio acompañado. Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. De la demanda ordinaria interpuesta TRASLADO a la parte demandada por el plazo de VEINTE 20 DÍAS y emplazamiento para que comparezca, responda , ofrezca prueba instrumental y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado artículos 21 , 74 , 75 , 167 , 168 y concordantes del Código Procesal Civil . NOTIFÍQUESE. DRA FABIANA MARTINELLI. Juez ".- Foja:

BO-2017-00060118-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 29 de Mayo de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 56 de 88

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 29/05/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha29/05/2017

Nro. de páginas89

Nro. de ediciones1829

Primera edición20/01/2017

Ultima edición13/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2017>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031