Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 25/9/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 183

Viernes, 24 de septiembre de 2021

Página 19

6.º Los miembros de la Corporación que asistan a las sesiones telemáticas deben encontrarse en territorio español. Se presume que se encuentran en dicha situación si tras abrirse la sesión ninguno de los mismos realiza declaración de que no se encuentran, siendo responsabilidad de cada miembro el no comunicar o advertir que no se encuentra en territorio español.
B.Reenumerar la disposición adicional como disposición adicional primera y añadir una disposición adicional segunda con el siguiente texto: La regulación que hace este reglamento de las sesiones telemáticas así como requisitos, votaciones y otras circunstancias respecto a sesiones plenarias será aplicable a la celebración telemática de las sesiones de la Junta de Gobierno Local y comisiones informativas municipales.
Torrox, 6 de septiembre de 2021.
El Alcalde, firmado: Óscar Medina España.
6984/2021
D

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Teléfonos: 952 069 279 - 283 / Fax: 952 603 844 www.bopmalaga.es www.cedma.es
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aSolicitud de la persona interesada dirigida al órgano Alcalde y presentada por sede electrónica en la Secretaría General con al menos siete días hábiles anteriores a la fecha en la que se vaya a realizar la convocatoria de la sesión, acompañado justificante de baja, permiso o situación asimilada por maternidad o paternidad y fecha de duración.
bResolución de Alcaldía autorizando o denegando motivadamente la solicitud, que será comunicada al solicitante, así como a la Secretaría General a efecto de que se tenga en cuenta la citada forma de participación al objeto de realizar la convocatoria. La autorización deberá contener en todo caso: La autorización de participación y voto telemático, y, la determinación de la sesión o sesiones plenarias comprendidas en el periodo solicitado para las que se autoriza la emisión del voto telemático. En el acta de la sesión el o la titular de la Secretaría General hará constar expresamente los miembros autorizados a asistir telemáticamente a la sesión. El Alcalde velará por que el concejal autorizado a utilizar este sistema puedan participar en la sesión en idénticos términos y con los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro que asista presencialmente.
Queda excluida la votación electrónica remota en los supuestos de asuntos a decidir por votación secreta. En estos casos el concejal o concejala que asista telemáticamente se le tendrá por abstenido en el punto correspondiente del orden del día.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 25/9/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha25/09/2021

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones5537

Primera edición15/01/2001

Ultima edición01/05/2024

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