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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 31/7/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 146
Viernes, 30 de julio de 2021
Página 30
a El embarazo.
b La realización de estudios o trabajos fuera del municipio.
c La atención a recién nacidos o hijos menores.
d La enfermedad justificada.
Artículo 60
1. La relación voluntaria con la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Villanueva del Rosario podrá ser rescindida por las siguientes causas:
a Por la petición expresa y por escrito del interesado.
b Por declaración de incapacidad.
c Por quedar incurso en situación de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, por sentencia firme.
Artículo 61
En todos los casos en los cuales se produzca la rescisión de la relación del voluntario con la agrupación este devolverá, de forma inmediata, equipos y acreditaciones que obren en su poder.
Artículo 62
En todo caso se expedirá, a petición del interesado, una certificación en la que consten los servicios prestados en la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Villanueva del Rosario, así como la causa por la que acordó baja, remitiéndose copia a la Dirección General de Política Interior de la Junta de Andalucía.
Disposición final Única. De la composición de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Villanueva del Rosario, se realizará un registro, donde conste toda la información necesaria sobre las personas que forman parte de la misma.
Disposición transitoria Única. El presente reglamento entrará en vigor de conformidad con lo dispuesto en la normativa de régimen local.
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Villanueva del Rosario, a 6 de julio de 2021.
El Alcalde-Presidente, Juan Francisco González Lorca.
6255/2021
D
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2. Cuando las circunstancias hagan que el voluntario dimita de su cargo, lo comunicará al Coordinador de la agrupación, en el plazo más breve posible.
3. El cese se produce como consecuencia de un procedimiento sancionador.
4. La expulsión se comunicará inmediatamente al interesado.