Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 10/4/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 66

Viernes, 9 de abril de 2021

Página 5

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 6 DE MÁLAGA
Procedimiento: Procedimiento ordinario 133/2020.
Negociado: 01.
De don Antonio Rodríguez Ruiz.
Abogado: Don Juan Antonio Moreno González.
Contra Laimu Logistics, Sociedad Limitada.

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número seis de Málaga, Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento número 133/2020, sobre procedimiento ordinario, a instancia de don Antonio Rodríguez Ruiz contra Laimu Logistics, Sociedad Limitada, en la que con fecha se ha dictado sentencia que dice lo siguiente:
Sentencia número 25/2021.
En Málaga, a 19 de enero de 2021.
Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrada-Jueza del Juzgado de lo Social número seis de Málaga, los precedentes autos número 133/2020, seguidos a instancia de don Antonio Rodríguez Ruiz DNI número 25.592.448-A asistido por letrado señor Gil Toro, frente a la entidad Laimu Logistics, Sociedad Limitada CIF número B-04881124, que no comparece, sobre reclamación de cantidad.
Antecedentes de hecho Primero. En fecha 4 de febrero de 2020, tuvo entrada este Juzgado demanda suscrita por la parte actora, en la que después de alegar los hechos y fundamentos que estimó pertinentes a su derecho, solicitó se dictase sentencia de conformidad con los pedimentos contenidos en el suplico de su demanda.
Segundo. Que señalados día y hora para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio para el día 19 de enero de 2021 compareció la parte actora, no compareciendo la demandada pese a estar legalmente citada.
En trámite de alegaciones la parte actora se afirmó y ratificó en su demanda, practicándose las pruebas propuestas y admitidas: documental.
No se practicó el interrogatorio al no haber comparecido la empresa demandada al interrogatorio acordado.
En conclusiones la parte actora sostuvo sus puntos de vista y solicitó de este Juzgado dictase una sentencia de conformidad con sus pretensiones.
Tercero. En la tramitación de este procedimiento se han observado los requisitos legales.
Hechos probados Primero. El demandante ha venido prestando servicios ininterrumpidos para la empresa demandada desde 27 de marzo de 2018 a 7 de junio de 2019 con categoría de conductor de camiones, siendo de aplicación el convenio colectivo de transporte de mercancías de la provincia de Málaga.

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Ed icto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 10/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha10/04/2021

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones5547

Primera edición15/01/2001

Ultima edición02/06/2024

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