Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 27/1/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Miércoles, 27 de enero de 2021

Página 3

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
DELEGACIÓN TERRITORIAL EN MÁLAGA

ANUNCIO DE 8 DE ENERO DE 2021, DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN MÁLAGA, SOBRE PAGO DE INTERESES DE DEMORA
EN EXPEDIENTES DE EXPROPIACIÓN FORZOSA.

Hechos efectivos los libramientos para el pago de los intereses de demora reseñados en los anexos de este anuncio, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los titulares de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como el artículo 48 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa.
Para el recibo de las cantidades que le correspondan mediante transferencia bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y del artículo 52 y siguientes del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, habrá de presentar preferentemente a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía www.juntadeandalucia.es/servicios, o bien en el Registro General de esta Delegación, sita en plaza San Juan de la Cruz, número 2, 29007 de Málaga, para lo cual deberá solicitar cita previa en el teléfono 955 062 627 o a través de web lajunta.es/2an6w, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la siguiente documentación:
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia bancaria.
Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono íntegro del precio se ingrese en una única cuenta.
2. Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte. De actuar mediante representación, esta deberá ser acreditada por cualquier medio válido en derecho, debiendo aportar en este último caso documentación original o compulsada.
3. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse copia del CIF y de la escritura de constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda documentación compulsada.
4. Certificado bancario original donde conste la titularidad de la cuenta.
De no presentar la documentación solicitada, los intereses de demora serán depositados en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno en Málaga, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.
En el supuesto de que algún titular expropiado persona física desee cobrar mediante cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a esta Delegación Territorial en Málaga.
Al mismo tiempo, se hace público este acto para que, si existieran terceras personas que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan ponerlo de manifiesto.

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Número 17

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 27/1/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha27/01/2021

Nro. de páginas63

Nro. de ediciones5541

Primera edición15/01/2001

Ultima edición12/05/2024

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