Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 17/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 16 de octubre de 2020

Página 27

a Ser titular del recibo de IBI de la vivienda habitual, ser cotitular con sentencia judicial firme de divorcio o separación o, en su caso, ser titular del contrato de alquiler de viviendas acogidas al régimen de alquiler con la Agencia de Vivienda y Rehabilitación del Suelo de Andalucía AVRA.
b La unidad familiar podrá contar exclusivamente con un segundo bien inmueble uso vivienda, siempre que el porcentaje de propiedad sea inferior al 50 %, sin que ello merme el derecho a la ayuda en su vivienda habitual. No se tendrán en cuenta tampoco los bienes inmuebles de uso A, es decir, trasteros y aparcamientos; y los catalogados de rústicos.
Cuando en esa segunda vivienda esté empadronado al menos desde el 1 de enero del año en curso, un familiar ascendiente o descendiente del titular del recibo, mayor de edad y que no forme unidad familiar con el titular o cotitular del recibo, no se tendrá en cuenta el porcentaje de propiedad.
c El solicitante, junto con el conjunto de personas empadronadas con él, tienen que haber tenido en el ejercicio anterior un nivel de renta igual o inferior a lo que se muestra en la tabla que figura en las bases aprobadas.
El importe de la ayuda se determinará tomando como referencia la cuota líquida del impuesto sobre bienes inmuebles de la vivienda habitual correspondiente al ejercicio en que se publica la convocatoria, y aplicando el porcentaje que corresponda según el nivel de renta de la tabla que figura en las bases aprobadas, hasta una cuantía máxima de 412 euros.
Órgano competente Las bases específicas, su convocatoria y el acto de otorgamiento en la medida que la eficacia de cada uno de ellos está limitada al ejercicio 2020, está vinculado al principio de anualidad presupuestaria, y se agotan con su cumplimiento, siendo competencia del Alcalde, en base al artículo 21.1 f y s de la Ley de Bases de Régimen Local, siendo esta delegada por Decreto número 1778, de 25 de febrero de 2020, a la Concejala Delegada de Hacienda, Urbanismo, Aguas y Saneamiento y por Decreto de sustitución número 6709, de 11 de agosto de 2020, al Concejal Delegado de Servicios Generales para la Ciudadanía y Empresas Municipales.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir del día siguiente a la finalización del plazo de solicitud de ayuda. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados tendrá los efectos previstos en el artículo 25.1.a de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Dichas bases especificas se han publicado en el BOP número 112, de 12 de junio de 2020, en el marco de las bases de ejecución del presupuesto.
El decreto de aprobación de la convocatoria para el otorgamiento de ayuda a la ciudadanía se ha publicado en el BOP número 157, de 14 de agosto de 2020.
Una vez concluido el estudio de cada solicitud, se adjunta:
Como anexo III, el listado de contribuyentes que han cumplido con las bases que rigen esta convocatoria, y por tanto son beneficiarios de la ayuda, así como la cuantía concedida.
El total de las ayudas concedidas asciende a 139.939,74 euros ciento treinta y nueve mil, novecientos treinta y nueve euros con setenta y cuatro céntimos.
Como anexo IV, el listado de contribuyentes que no han cumplido con las bases citadas.
Dese traslado al Patronato de Recaudación Provincial, al fin de proceder a la compensación de los importes concedidos, con los plazos del Plan de Pagos en concepto de IBI
2020 pendientes de abonar.
Torremolinos, fechado y firmado digitalmente.
La Jefa de Servicio del Área Económica, firmado: María Dolores Guirado Rando.
Así como el informe de Intervención General que a continuación se transcribe:

CVE: 20201016-05673-2020 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 199

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 17/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha17/10/2020

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones5551

Primera edición15/01/2001

Ultima edición16/06/2024

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