Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/8/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 153

Viernes, 9 de agosto de 2019

Página 3

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA
Sección cuarta Número de procedimiento: Recurso de apelación civil 915/2017.
Asunto: 400975/2017.
Autos de procedimiento ordinario: 1132/2007.
Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Torremolinos antiguo Mixto número ocho.
Negociado: A1.
Apelante: Trigemer, Sociedad Anónima.
Procurador: Don Feliciano García Recio Gómez.
Apelada en rebeldía: Avimot Construcciones, Sociedad Limitada.

En el recurso referenciado, se ha dictado sentencia número 763/2018, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
En Málaga, a 11 de diciembre de 2018.
Visto, por la Seccion número cuatro de la Audiencia Provincial de Málaga, integrada por los magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el juicio de procedimiento ordinario número 1132/07, procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, interpone recurso Trigemer, Sociedad Anónima que en la instancia ha litigado como parte demandada, y comparece en esta alzada representada por el procurador don Feliciano García Recio Gómez. Son partes recurridas en rebeldía Avimot Construcciones, Sociedad Limitada y don Ángel Muñoz de Arenillas Rojas, que en la instancia ha litigado como parte demandada y demandante respectivamente, y comparece en esta alzada representados por el procurador don Pedro Ballenilla Ros.
Fallamos: Que, estimando parcialmente el recurso de apelación planteado por la representación procesal de la entidad Trigemer, Sociedad Anónima, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Torremolinos, debemos revocar y revocamos parcialmente la citada resolución en el sentido de establecer la cantidad a indemnizar en 5.571
euros, sin hacer pronunciamiento sobre las costas procesales originadas en ambas instancias, confirmando el resto de la resolución. Acordándose la devolución del depósito constituido.
Notificada que sea la presente resolución remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo.
Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte apelada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en este boletín para llevar a efecto la diligencia de notificacion de sentencia número 763/18, a la apelada Avimot Construcciones, Sociedad Limitada.
En Málaga, a 30 de mayo de 2019.
La Letrada de la Administración de Justicia, María Eugenia Pérez Torres.
4559/2019
D

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Ed icto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha09/08/2019

Nro. de páginas51

Nro. de ediciones5539

Primera edición15/01/2001

Ultima edición05/05/2024

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