Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 2/8/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 2 de agosto de 2019

12. La firma de las actas de arqueo de las existencias de la Tesorería Municipal y, en su caso, de los oportunos estados conciliatorios.
13. La competencia para acordar las compensaciones de créditos y débitos.
14. La aprobación de fraccionamientos y aplazamientos de pago de deudas tributarias cuyo importe sea inferior a 18.000 euros o el plazo no exceda de los 24 meses.
15. La aprobación de expedientes de devolución de ingresos indebidos, resolución de reclamaciones que se interpongan contra liquidaciones tributarias y devolución de sobrantes obtenidos en subasta.
16. La aprobación de padrones y liquidaciones tributarias por impuestos y precios públicos, salvo que el ingreso se realice de forma directa.
17. El reconocimiento de la obligación a cargo de esta entidad en relación con los expedientes de concesión de subvenciones autorizados y comprometidos por la Junta de Gobierno Local.
18. La aprobación y pago de las nóminas del personal al servicio de este Ayuntamiento así como para la autorización y compromiso del gasto y reconocimiento de la obligación correspondiente a las cuotas patronales de cotización a la Seguridad Social, y el abono de los oportunos boletines de cotización.
19. La autorización y compromiso del gasto y reconocimiento de la obligación correspondiente a la aportación de este Ayuntamiento a las distintas sociedades mercantiles municipales.
20. La autorización y compromiso del gasto y reconocimiento de la obligación correspondiente a la aportación de esta entidad a los entes públicos y privados en los que está integrado.
21. Resolución de los expedientes en materia de responsabilidad patrimonial.
22. Concesión y pago de premios y donaciones varias a asociaciones de utilidad público y entidades sin animo de lucro de importe inferior a 3.000 euros.
23. Devolución de las fianzas y avales constituidas y depositadas en la Tesorería Municipal que no traigan causa de expedientes de contratación y no correspondan al área de urbanismo.
24. Resoluciones de expedientes de derivación de responsabilidad.
Segundo. La delegación comprende tanto las facultades de dirección y gestión como las de resolver, mediante actos administrativos que afecten a terceros, incluyendo la resolución de los recursos de reposición que puedan interponer contra los actos que pongan fin a la vía administrativa.
Tercero. La delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación de la ConcejalaDelegada, se publicará en el BOP y de ella se dará cuenta al Pleno corporativo en la primera sesión que celebre.
Cuarto. La Concejala Delegada queda obligada a informar a esta Alcaldía a posteriori de la gestión y disposiciones que dicte y, previamente, de las decisiones de trascendencia en los términos del artículo 115 ROF.
En lo no previsto en esta resolución regirán la LRBRL y el ROF, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas y sin perjuicio de la facultad de avocación en los términos previstos en el artículo 10 de la LRJSP considerándose realizada esta avocación cuando la señora Alcaldesa dicte un acto cuya competencia haya sido delegada previamente. No obstante, si la avocación fuese con carácter general, dejando sin efecto la delegación anterior, se sujetará a las normas a tal efecto contenidas en la legislación de procedimiento administrativo.
Lo manda y firma la Alcaldesa-Presidenta.
En Fuengirola, a 10 de julio de 2019.
La Concejala Delegada de Régimen Interior por Decreto 5576/2019, firmado: Dolores Buzón Cornejo.
5224/2019

D

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Número 148

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 2/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha02/08/2019

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones5536

Primera edición15/01/2001

Ultima edición28/04/2024

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