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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/8/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 150
Lunes, 7 de agosto de 2017
c Actividades de ocio, culturales o deportiva organizadas por este Ayuntamiento y que sean sufragadas por los propios participantes.
d El pago mediante compensación de deudas. La Tesorería podrá retener pagos y compensarlos con las deudas tributarias o de otra naturaleza a favor del Ayuntamiento de Torremolinos, en los términos establecidos en la normativa vigente sobre gestión recaudatoria de los tributos y otros recursos de derecho público, así como sobre la gestión presupuestaria.
e Podrán priorizarse los pagos de obligaciones reconocidas, vencidas, líquidas y exigibles, que puedan afectar al correcto funcionamiento de los servicios públicos esenciales, tales como electricidad, combustibles, telefonía, seguros, reparaciones de vehículos, materiales de limpieza, cuando sea imposible o muy complicada la contratación con otros acreedores y el impago pueda suponer la paralización del servicio.
f Cuando existan necesidades que satisfacer para evitar cortes o suspensiones en la prestación de servicios esenciales o suministros, negativa a realizar servicios, suministros e instalaciones cuando solo se pueda acudir a un contratista, asegurar la continuidad de empresas con dificultades u otras razones que lo hagan aconsejable, previa justificación mediante informe del Jefe de Servicio y V.º B.º del Concejal Delegado.
g Los pagos que haya que efectuar por compras on line.
Sexto. Acuerdos para el aplazamiento de pago En todo caso, no será obligatorio respetar los niveles de prelación de pagos siempre que exista un acuerdo de aplazamiento o fraccionamiento con el acreedor que permita retrasar los pagos.
Disposición final primera. Vigencia El presente Plan de Disposición de Fondos tendrá vigencia anual y será de aplicación desde su aprobación, considerándose prorrogado hasta la aprobación de uno nuevo.
Disposición final segunda. Entrada en vigor El presente Plan de Disposición de Fondos entrará en vigor el mismo día de su aprobación.
El presente Plan de Disposición de Fondos debe ser remitido a la Tesorería Municipal y a Intervención. Igualmente debe publicarse en los términos previstos en la legalidad vigente.
Torremolinos, 6 de junio de 2017.
La Concejala Delegada del Área de Hacienda, Urbanismo, Actividades y Régimen Disciplinario, firmado: M. Isabel Tocón Barroso.
Torremolinos, a 26 de julio de 2017.
La Concejala Delegada del Área de Hacienda, Urbanismo, Actividades y Régimen Disciplinario, firmado: M. Isabel Tocón Barroso.
6166/2017
D
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