Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 19/11/2022 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 18 de noviembre de 2022

Página 100

la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.
c Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto 201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas. Así como de no encontrarse en ninguna causa de incompatibilidad para ser contratado como personal laboral fijo por el Ayuntamiento.
d Declaración del compromiso de conducir vehículos policiales.
e Fotocopia compulsada de los permisos de conducción de las clases B.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo en una Administración estarán exentos de justificar las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.
Los funcionarios de carrera y personal laboral fijo de otras administraciones deberán presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía, contratará como personal laboral fijo al aspirante que, habiendo superado el proceso selectivo, con la mayor calificación, cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
La contratación deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Contra el presente acto, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Villanueva del Trabuco, 9 de noviembre de 2022.
El Alcalde-Presidente, firmado: José María García Campos.
4435/2022
D

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Número 221

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 19/11/2022 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha19/11/2022

Nro. de páginas71

Nro. de ediciones4110

Primera edición20/02/2001

Ultima edición05/05/2024

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