Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 6/8/2022 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 5 de agosto de 2022

Página 56

Cuarta. Solicitudes y documentación 1. La Diputación de Málaga, a través de la Unidad de Promoción Agroalimentaria y Ganadera o unidad administrativa a la que esté adscrito el premio, convocará los premios regulados en esta orden mediante la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS, http www.igae.pap.minhap.gob.es.
2. Las entidades participantes deberán remitir las solicitudes anexo I, junto con la documentación adjunta, a la Unidad de Promoción Agroalimentaria y Ganadera o unidad administrativa a la que esté adscrito el premio, según se indica en el apartado 3 de esta cláusula. Se aportará una solicitud anexo I por cada queso que se presente a concurso, entregándose los anexos II, III y IV junto a una sola de ellas, si presentara más de un queso a concurso.
1. Declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones anexo II.
2. Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones con la Diputación Provincial de Málaga anexo III.
3. Declaración responsable sobre las autorizaciones, permisos y licencias preceptivas para poder desarrollar la actividad, así como los pertinentes registros sanitarios exigibles y de no haber sido sancionada en materia agroalimentaria por las administraciones públicas ni condenada por sentencia firme por discriminación por razón de sexo y mientras sea efectiva dicha sentencia anexo IV.
4. Copia del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos RGSEAA.
5. Copia del Registro de Industria Agroalimentaria de Andalucía RIA.
6. Certificados de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social donde se indique que la entidad está al corriente de sus compromisos con dichas administraciones.
7. Las empresas con plantilla superior a 50 personas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres, según lo previsto en la disposición transitoria décima segunda, artículos 45 y 46 del Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de Medidas Urgentes para Garantía de la Igualdad de Trato y de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en el Empleo y la Ocupación.
8. Informe de la TGSS con indicación del número medio de trabajadoras/es de la última anualidad concluida.
3. La presentación de solicitudes, con la documentación prevista se efectuará por cualquiera de los medios siguientes en atención a que los y las interesadas estén obligadas o no a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
1. Para las entidades interesadas obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:
a En el registro electrónico de la Diputación de Málaga, así como en cualquiera de los registros electrónicos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015 Administración General del Estado https rec.redsara.es/, Administración de las comunidades autónomas, entidades que integran la Administración Local, organismos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.
b En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
2. Para las restantes personas interesadas:
a En algunos de los medios anteriormente señalados en el punto 1.a. de la presente cláusula, o
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Número 151

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 6/8/2022 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha06/08/2022

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones4120

Primera edición20/02/2001

Ultima edición09/06/2024

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