Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 10/5/2020 (Suplemento 1)
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 87
Viernes, 8 de mayo de 2020
Página 14
Orden del día I. Aprobación del Calendario laboral del año 2020 para la provincia de Málaga.
Asistentes:
POR FCS-CCOO:
POR ACP:
DON JUAN ANTONIO RUEDA FERNÁNDEZ.
DOÑA VIOLETA ARAGÓN CORREA.
DON FRANCISCO ROMERO PÉREZ.
POR FICA-UGT:
DOÑA JUAN MANUEL PÉREZ GONZÁLEZ
DON JOSÉ MANUEL PALLARES GONZÁLEZ.
DON SALVADOR SÁNCHEZ DE TORO.
Calendario laboral provincial para el año 2020
1. La jornada ordinaria anual para el año 2020 se establece en 1.736 horas, según establece el artículo 67 del Convenio General del Sector de la Construcción 2017-2021.
2. A efectos de distribución del cómputo anual de la jornada fijada en el punto anterior, y con carácter exclusivo para el año 2020:
a Se considerarán como no laborables, en toda la provincia, los siguientes días:
17
DE AGOSTO
18
DE AGOSTO
7
DE SEPTIEMBRE
24
DE DICIEMBRE
31
DE DICIEMBRE
b La jornada ordinaria semanal será de 40 horas, distribuidas de lunes a viernes, con las siguientes excepciones:
Mes de enero Jornada de 7 horas los días 2 y 3 de enero.
Mes de abril Semana Santa: Jornada de 7 horas el Lunes Santo 6 de abril, Martes Santo 7 de abril y Miércoles Santo 8 de abril.
Jornada continuada Meses de julio y agosto: Jornada de 7 horas desde el 1 de julio al 28 de agosto, ambos inclusive.
Mes de diciembre Jornada de 7 horas los días 28, 29 y 30 de diciembre.
3. Se acuerda incorporar el calendario a la presente acta.
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Primero. Aprobación del calendario laboral provincial para el año 2020.
Reunidas las partes de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2017-2021, acuerdan rubricar el calendario laboral para el año 2020, en los términos que a continuación se reproducen: