Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 25/8/2019 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 23 de agosto de 2019

Página 29

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma el ilustrísimo señor don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social número siete de Málaga. Doy fe.
El Magistrado/Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.
Decreto.
Letrado de la Administración de Justicia, don Juan Carlos Ruiz Zamora.
En Málaga, a 30 de julio de 2019.

Parte dispositiva Acuerdo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 2.413,76 euros en concepto de principal, más la cantidad de 362,06 euros, calculada para intereses y gastos, y dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial a fin de que, en el plazo de quince días, insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo, advirtiéndoles que, transcurrido dicho plazo sin manifestación alguna, se procederá, en su caso, a dictar el correspondiente decreto de insolvencia provisional de la firma ejecutada.
No obstante lo anterior, y para una completa exclusividad del apremio sobre la ejecutada, se acuerda:
Se decreta el embargo de las devoluciones fiscales que puedan resultar respecto de la ejecutada por parte de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, expidiéndose a tal fin la oportuna orden telemática.
Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otro producto bancario, incluidas las amortizaciones de préstamos, que la demandada mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es financiera/s adheridas al servicio de embargos automáticos del Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal y el importe presupuestado para costas e intereses a tal efecto, dese la orden a través del Punto Neutro Judicial.
Póngase en conocimiento del Registro Público Concursal la incoación de la presente ejecución, mediante comunicación telemática.
Asimismo, por estar la demandada en paradero desconocido, se acuerda librar edicto al BOP de Málaga, a fin de quedar notificada esta resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de revisión ante este Juzgado, pese a lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito, en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander, número 2955000064012619, utilizando para ello el modelo oficial e indicando en el campo Concepto que se trata de un recurso, seguido del código 30 y Social-Revisión, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si el ingreso se efectuare por transferencia, se hará en la cuenta del Santander 0049 3569
92 0005001274, se indicará el beneficiario, Juzgado de lo Social número siete de Málaga, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dígitos separados por un espacio el código 30 y Social-Revisión.
El Letrado de la Administración de Justicia.

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Número 161

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 25/8/2019 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha25/08/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4108

Primera edición20/02/2001

Ultima edición01/05/2024

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