Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 27/3/2019 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Miércoles, 27 de marzo de 2019

Página 64

Fundamentos de derecho Primero. Solicita la actora la declaración de que los ocupantes de la finca de referencia son precaristas y su condena al abandono de la finca. Estos permanecen desconocidos tras un primer intento de emplazamiento personal.
Rebelde el demandado, ello no determina tenerle por conforme con los hechos fundamentadores de la pretensión ni por allanado a ella artículo 496.2 LEC.
Ello así, obra en autos documental suficiente acreditativa de la pretensión inicial por lo que, estimándola integramente, procede declarar que los ignorados ocupantes de la finca de referencia son precaristas y condenarles a abandonarla, poniéndola a disposición del actor.
Segundo. Pese a la estimación de la demanda, la desconocida identidad de los ocupantes determina la existencia de dudas suficientes para no imponer costas a ninguno de los litigantes.
Así, en virtud de cuanto antecede, Fallo: Que, estimando integramente como estimo la demanda deducida por la procuradora de los tribunales señora Medina Cuadros, en nombre y representación de Banco de Sabadell, Sociedad Anónima, condeno a los ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Oliva, número 2, escalera 1, planta 1, puerta 18, Apartamentos Andalucía, de Fuengirola a quienes declaro en situación precario en la expresada finca a abandonarla poniéndola a disposición de la actora, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso; no procede imposición de costas.
Notifiquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, previa consignación de un depósito de cincuenta 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Dada la situación de rebeldía de la parte demandada, la notificación deberá ser personal si se conociere domicilio o, en caso contrario, hacerse mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o en el Boletín Oficial del Estado.
Llévese el original al libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
Firmado: Julián Cabrero López, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Fuengirola Málaga.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el ilustrísimo señor Magistrado que la ha dictado constituido en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados ignorados ocupantes, calle Oliva, número 2, escalera 1, planta 1, puerta 18, Apartamentos Andalucía Fuengirola, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a 6 de julio de 2018.
La Letrada de la Administración de Justicia, firmado: María José Romero García.
1504/2019
D

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Número 59

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 27/3/2019 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha27/03/2019

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones4110

Primera edición20/02/2001

Ultima edición05/05/2024

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