Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 7/3/2019 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Jueves, 7 de marzo de 2019

ya ejecutadas por la Administración, según consta en el informe del Departamento de Arquitectura e Infraestructuras de 13 de julio de 2016, han de ser pagados por la Junta de Compensación en el plazo de tres meses a contar desde la última publicación en el boletín oficial, de la modificación del Plan Parcial aprobada el 25 de octubre de 2018 por el excelentísimo Ayuntamiento Pleno o de la publicación en el boletín oficial que corresponda, de la aprobación definitiva del estudio de detalle que se tramita actualmente, sin que proceda la emisión del certificado hasta que sea abonada la citada cantidad.
Quinto. Disponer que, una vez cumplimentado el acuerdo primero y cuarto precedente, sea ejecutivo el planeamiento y firme en vía administrativa el acuerdo aprobatorio, se entregue certificación del presente acuerdo, junto a dos copias autenticadas del proyecto de reparcelación aprobado al promotor del expediente para su inscripción en el Registro de la Propiedad, o elevación a público en su caso, quedando obligado a aportar a esta Administración copia inscrita del mismo, extremo que deberá estar cumplimentado en un plazo de seis meses a contar a partir de la presente aprobación del proyecto.
Sexto. Disponer la publicación de la parte dispositiva del presente acuerdo en el BOP y en el tablón de anuncios electrónico del excelentísimo Ayuntamiento de Málaga, así como la notificación del acuerdo precedente a todos los titulares de derechos afectados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 de la LOUA 7/02 de 17 de diciembre.
Séptimo. Facultar al señor Vicepresidente del Consejo Rector de esta Gerencia, o persona en quien delegue, para la firma de cuantos documentos fuesen necesarios para la inscripción del proyecto en el Registro de la Propiedad, incluso las correcciones de errores materiales que fueren necesarias.
Octavo. Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Licencias y Protección Urbanística, así como al Departamento de Arquitectura e Infraestructuras al objeto de realizar las previsiones oportunas en cuanto a obras de urbanización.
Lo que se publica para general conocimiento y efectos, significando que contra el acuerdo publicado, al ser definitivo en vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el mismo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la presente publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El informe que sirve de propuesta a estos acuerdos, así como el resto del expediente administrativo, se encuentra a disposición de quien desee consultarlo en el Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras, sita en paseo Antonio Machado, número 12.
En Málaga, a 10 de enero de 2019.
El Alcalde-Presidente del Consejo Rector, P. D., el Vicepresidente, Francisco Javier Pomares Fuertes.
985/2019
D

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Número 45

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 7/3/2019 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha07/03/2019

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones4110

Primera edición20/02/2001

Ultima edición05/05/2024

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