Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 21/2/2019 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 36

Jueves, 21 de febrero de 2019

Página 94

ADMINISTRACIÓN LOCAL

M ARBE L L A
Gestión Tributaria
Aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 28 de enero de 2019, el padrón de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local reguladora de la ocupación de la vía pública o terrenos de uso público con mesas y sillas y otros elementos auxiliares correspondiente al ejercicio de 2018, se pone en conocimiento de los contribuyentes que dicho padrón estará expuesto al público en el Servicio de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento sito en plaza de Los Naranjos, 1, planta baja durante el plazo de 30 días, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que los legítimos interesados puedan examinarlos y, en su caso, formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Contra los extremos comprendidos en este padrón que no hubieran adquirido firmeza con anterioridad, podrá interponerse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública de anterior mención, y sin que puedan simultanearse, algunos de los siguientes recursos:
a Recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto, conforme a lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
b Reclamación económico-administrativa ante el órgano que ha dictado el acto y que será resuelta por el Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Marbella, según lo establecido en el artículo 137 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La interposición de la reclamación-económico administrativa es preceptiva para la ulterior formulación de recurso contencioso-administrativo.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente, significándose que ninguno de ellos paraliza el procedimiento de cobranza, incluso en periodo de apremio, salvo en los casos y formas previstas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Marbella, a 31 de enero de 2019.
La Alcaldesa firma ilegible.
740/2019
D

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Ed icto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 21/2/2019 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha21/02/2019

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones4115

Primera edición20/02/2001

Ultima edición25/05/2024

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