Boletín Laboral de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán - Texcoco del 25/5/2017
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Fuente: Boletín Laboral de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán - Texcoco
BOLETIN LABORAL
JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL VALLE CUAUTITLAN-TEXCOCO
Tlalnepantla de Baz a 25 de Mayo de
2017
TOMO I
AÑO XXI
No.095
200202010
EXPEDIENTE: J.3/160/2017
JAIME MÉNDEZ SALAS Y/O
VS.
SOCIEDAD COOPERATIVA DE AUTOTRANSPORTES CUAUTEPEC GUSTAVO A. MADERO, S.C.L., Y/O.
TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, A VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------CONVOCATORIA
En virtud de que los CC. JAIME MÉNDEZ SALAS y SILVIA DIEGO CARRANZA por su propio derecho, han denunciado ante la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco, la muerte del C. ERIC ALAN MÉNDEZ DIEGO, y al mismo tiempo solicitan sean designados como beneficiarios, a efecto de que estén en posibilidades de cobrar las prestaciones que conforme a derecho les pudiese corresponder al trabajador fallecido, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 503 de la Ley Federal del Trabajo, SE:----------------CONVOCA
A todas las personas que crean tener derecho a ser declarados beneficiarios del trabajador fallecido, para que dentro de un término de treinta días a partir de la fecha en que aparezca publicada la presente en estrados y en un lugar visible del palacio municipal correspondiente al domicilio de la moral SOCIEDAD COOPERATIVA DE AUTOTRANSPORTES CUAUTEPEC GUSTAVO A. MADERO, S.C.L. y QUIEN RESULTE RESPONSABLE O PROPIETARIO DE LA
FUENTE DE TRABAJO, ubicado en: CALLE MELCHOR OCAMPO S/N, COL. SAN PEDRO BARRIENTOS, MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, comparezcan ante la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco, sito en AVENIDA SAN IGNACIO NUMERO 2, P.B. COLONIA LOS REYES IZTACALA, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, Centro de Justicia Laboral a deducir sus derechos.-----------------------------------------------------------------------------------------------------Se hace del conocimiento del público en general que el de Cujus el C. ERIC ALAN MÉNDEZ DIEGO, prestaba sus servicios en la empresa SOCIEDAD COOPERATIVA DE AUTOTRANSPORTES CUAUTEPEC GUSTAVO A. MADERO, S.C.L. y QUIEN RESULTE RESPONSABLE O PROPIETARIO DE LA FUENTE DE TRABAJO, con domicilio en CALLE MELCHOR OCAMPO S/N, COL. SAN PEDRO BARRIENTOS, MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, asimismo de que la muerte del trabajador ocurrió el día uno de marzo del año dos mil dieciseis, y que se han señalado las ONCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA ONCE DE JULIO
DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo una audiencia de CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES, PRUEBAS Y RESOLUCIÓN.Se expide la presente para su debida publicación en Tlalnepantla de Baz, Estado de México, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.-----------------------------------------------
LIC. RODOLFO MIGUEL GONZÁLEZ HERNÁNDEZ
Auxiliar habilitado mediante oficio de fecha 03 de Septiembre de 2014, con fundamento por el articulo 19, fracción VIII, del reglamento interior de esta Junta.