Boletín Judicial del Estado de Baja California del 3/10/2022

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Fuente: Boletín Judicial del Estado de Baja California

Por lo que respecta a los que ya forman parte del padrón y desean renovar su pertenencia, llevarán el proceso en línea de conformidad a las bases QUINTA y SEXTA de esta convocatoria.
SEGUNDA.- DE LOS REQUISITOS DE NUEVO INGRESO. Los interesados en ingresar por primera vez al padrón de peritos y auxiliares deberán acreditar que reúnen los requisitos que establece el artículo 11 del Reglamento que nos ocupa, siendo los siguientes:
I.- Nacionalidad Mexicana;
II.- Título Profesional expedido por Institución autorizada para tales efectos;
III.- Poseer cédula profesional expedida por autoridad legalmente facultada para ello;
IV.- Residencia efectiva en el Estado de Baja California por cuando menos el año inmediato anterior de manera ininterrumpida;
V.- Acreditar contar con buena fama en el concepto público y prestigio profesional;
VI.- No tener antecedentes penales;
VII.- Acreditar contar con conocimientos y estudios especializados impartidos por Institución oficial, en el cargo que desea desempeñar.
VIII.-Pertenecer preferentemente a cualquiera de los Colegios o Asociaciones de profesionistas en caso de que en la localidad se encuentren legalmente constituidos y registrados ante el Departamento de Profesiones del Estado de Baja California.
IX.-Comprobar la actualización de sus conocimientos a través de respaldos académicos o capacitación recibida.
X.-Tratándose de peritos traductores de idiomas, deberá contar con certificado expedido por una institución oficial que haga constar que el interesado cuenta con capacidad como intérprete y no sólo tener conocimiento del idioma de que se trate, salvo acuerdo especial que emita el Consejo de la Judicatura cuando a su juicio no existan personas suficientes que reúnan este requisito.
Para las ramas que conforme a la Ley no se requiere un Título Profesional expedido por autoridad competente, no se exigirán los requisitos indicados en las fracciones II, III, VII y VIII del artículo anterior, sin embargo deberán acreditar tener probada experiencia en el arte, ciencia o técnica de que se trate y buen desempeño en el desarrollo de las actividades inherentes al mismo.
Los aspirantes a ser peritos intérpretes del idioma inglés, quedan excluidos de los requisitos señalados en la fracción X del artículo 11 del Reglamento de Peritos y Auxiliares de la Administración de Justicia del Estado de Baja California; debiendo dichos aspirantes exhibir Título Profesional de Licenciado en Traducción del Idioma Inglés, o bien, de Licenciado en Traducción, o en su caso contar con la Especialidad de Traducción

Acerca de esta edición

Boletín Judicial del Estado de Baja California del 3/10/2022

TítuloBoletín Judicial del Estado de Baja California

PaísMéxico

Fecha03/10/2022

Nro. de páginas79

Nro. de ediciones2357

Primera edición01/08/2005

Ultima edición16/06/2024

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