Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 27/6/2019

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Fuente: Boletín Judicial de la Ciudad de México

BOLETÍN JUDICIAL No. 116

Edictos
para el día 04 de julio de 2019, a las 12:00 horas, en la sala de oralidad 19. Por lo anterior y ante la inasistencia de la víctima indirecta NANCI AIDÉ PÉREZ BENÍTEZ, se instruye al área de notificadores, procedan a notificarle el día señalado a través de los Estrados de la Unidad de Gestión Judicial 6
y Boletín Judicial. Lo anterior para que se presenten con identificación oficial vigente, treinta minutos antes y les sean recabados sus datos, en términos del artículo 82 y 83 del Código Nacional de Procedimientos Penales. CONSTE.
27 Sin Costo Carpeta Judicial TE006/0225/2018 Of.
UGJ6/26599/2019
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-OTE/1470/2019
CARPETA JUDICIAL: 006/0231/2019
EDICTO No. 996
En Audiencia en Etapa de Ejecución celebrada el 21
veintiuno de junio de 2019 dos mil diecinueve, derivada de la carpeta EJEC-OTE/1470/2019, relacionada con el sentenciado ROBERTO LUGO TOVAR o LUIS ANTONIO
LUGO GARCÍA o JESÚS MUÑOZ LUGO, por el delito de ROBO AGRAVADO respecto del cumplimiento a la sentencia de fecha 03 tres de mayo de 2019 dos mil diecinueve, emitida dentro de la carpeta judicial 006/0231/2019, se determinó: notificar a la víctima REPRESENTANTE
LEGAL DE OXXO S.A. DE C.V. la nueva fecha de audiencia que se efectuará el día 06 SEIS DE AGOSTO DE 2019, A
LAS 10:10 DIEZ HORAS CON DIEZ MINUTOS, EN LA SALA
01 DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD
DE MÉXICO sito en la calle Reforma número 50, colonia San Lorenzo Tezonco, Delegación Iztapalapa, código postal 09800, para llevar a cabo la celebración de audiencia en etapa de ejecución, precisándole que en caso de que no acuda el día y hora indicado, se celebrará sin su presencia . Asimismo, se hace de su conocimiento que se encuentra a su disposición el billete de depósito número w 040485 por la cantidad de $2,426.00 dos mil cuatrocientos veintiséis pesos, por concepto de reparación del daño, por lo que a efecto de llevar a cabo su devolución, deberá presentarse ante la unidad de gestión judicial especializada en ejecución de sanciones penales en el reclusorio preventivo varonil oriente, ubicada en calle reforma número 50, colonia san Lorenzo Tezonco, alcaldía Iztapalapa, código postal 09900, en la ciudad de México a efecto de que reciba dicho billete, en el entendido que para el caso de no presentarse en el plazo de 20 veinte días naturales, contados a partir de su notificación, en términos de lo establecido por los artículos 51 Y 55 del Código Penal para la Ciudad de México, se declarará el Abandono del billete, su importe se destinará a favor del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia de la Ciudad De México. Se aprecia una firma ilegible.
LA JUEZA PENAL ESPECIALIZADA EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
LIC. GLORIA HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ
26-27-28 Sin Costo Carpeta Ejecución EJECOTE/1470/2019 Of. EJEC/OTE/2818/2019

Jueves 27 de junio del 2019

a que en fecha 13 trece de junio de 2019 dos mil diecinueve, se publicó en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México el edicto número 928, así como en los estrados de la Unidad de Gestión Judicial, a efecto de notificar al sentenciado JOSÉ
CARLOS MENDOZA ARANGO el auto de 15 de mayo del año en curso; corriendo el término al mismo del 14
catorce al 18 dieciocho de junio del año en curso a efecto de dar contestación a la pretensión solicitada por el Ministerio Público, sin que a la data hiciera manifestación alguna. Al respecto la Defensa Pública en fecha 22
veintidós de mayo del año en curso, ofreció los siguientes medios probatorios: 1.- La DECLARACIÓN que correrá a cargo del sentenciado JOSÉ CARLOS MENDOZA
ARANGO, de conformidad con lo establecido por el artículo 20 Apartado B fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación del artículo 113 fracción III y 377 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la cual versará en relación a la controversia presentada por la Representación Social, con el efecto de que manifieste en relación al incumplimiento que es señalado en su contra Por otra parte, desde este momento objeto en cuanto al alcance y valor probatorio que pretende dar la Representación Social a las pruebas ofertadas consistente en: Sentencia de fecha 7 de enero de 2019 en su numeral 1, Resolución de fecha 6 de marzo de 2019, en su numeral 2, oficio número SSP/DECSSL/CCSEMEPP/3457/2019 de fecha 2 de mayo de 2019, en su numeral 3. Asimismo se solicitan no sean admitidas los medios de prueba ofertados por la Representación Social en atención de que se trata de hechos notorios e incontrovertidos como se establece en el artículo 346 fracción I inciso c, que a la letra dice: innecesarios; por referirse a hechos públicos, notorios o incontrovertidos y, sobreabundante, además, de que no refiere la manera de cómo serán incorporados conforme al artículo 383 y no existe causa de excepción que justifique la Fiscalía como lo establece el numeral 386, ambos del Código Nacional de Procedimientos Penales; por lo que, conforme al artículo 384 del mismo ordenamiento los mismos no se podrán ser usados como pruebas en contra de mi representado atendiendo el principio de PRO PERSONA. Ahora bien, y toda vez que en fecha 15 quince de mayo del año en curso, se ADMITIÓ la controversia planteada por la Representación Social en términos de los numerales 116 fracción IV y 118 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, ofreciendo para sustentar su pretensión, diversos medios de prueba que se le tuvieron por anunciadas, siendo las siguientes: 1.- La Sentencia de fecha 7 de enero de 2019, emitida por el C. Juez de Control del Sistema Penal Acusatorio de la Ciudad de México, Licenciada María del Rocío Morales Hernández, dicto sentencia condenatoria en procedimiento abreviado en contra de JOSÉ CARLOS MENDOZA ARANGO, por la comisión del delito CONTRA LA SALUD, EN SU
MODALIDAD DE NARCO MENUDEO HIPÓTESIS DE
POSICIÓN CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN, comedido en agravia de la SOCIEDAD, imponiéndole la pena de 2
años 11 meses 12 día de prisión y pena pecuniaria de 80
días multa equivalente a la cantidad de $6,448.00, no se condenó a la reparación del daño, se concedió el sustitutito de la pena de prisión impuesta por tratamiento en libertad o semilibertad, así mismos, se ordenó el decomiso y destrucción de diversos indicios, y se ordenó la suspensión de sus Derechos Políticos. 2.-Resolución de fecha 6 de marzo de 2019, en la cual el juez Pena especializado en Ejecución de Sanciones Penales, Licenciada Dalila H. Sánchez López, dio por acogido al sentenciado JOSÉ CARLOS MENDOZA ARANGO, al Sustitutivo de Tratamiento en Libertad, y en donde consta que se hizo saber en la misma, de forma clara y oral de las causas de revocación del mencionado beneficio sic, en especial las contenidas en la fracción I del artículo 87
del Código Penal vigente para ésta Ciudad de México, documental que ya obra en la presente carpeta de ejecución.
3.Oficio número SSP/DECSSL/

SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-SUL-079/2019
EDICTO No. 1012
Sentenciado: JOSÉ CARLOS MENDOZA ARANGO.
Delito: CONTRA LA SALUD
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de esta misma fecha, en la carpeta de ejecución al rubro anotada, seguida en contra de JOSÉ CARLOS MENDOZA ARANGO, por el delito CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE
NARCOMENUDEO, se ordena notificar al sentenciado José Carlos Mendoza Arango, el siguiente proveído:
AUTO.- Ciudad de México a 20 veinte de junio del 2019
dos mil diecinueve. Vista la intervención que brinda el Director de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, con el estado procesal que guarda la presente carpeta de ejecución, en relación
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Acerca de esta edición

Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 27/6/2019

TítuloBoletín Judicial de la Ciudad de México

PaísMéxico

Fecha27/06/2019

Nro. de páginas430

Nro. de ediciones975

Primera edición01/09/2016

Ultima edición07/06/2022

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