Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 11/1/2019

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Fuente: Boletín Judicial de la Ciudad de México

BOLETÍN JUDICIAL No. 5

Edictos
numerales 7 y 12 de la Ley General de Víctimas y 109 del Código Nacional de Procedimientos Penales, de aplicación supletoria, se designa de manera oficiosa para que asista al mismo en la etapa de ejecución, al Asesor Jurídico adscrito a la Coordinación de Asesores Jurídicos Supervisores de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, a quien se le deberá hacer de su conocimiento el nombramiento conferido para los efectos legales procedentes; en el entendido de que quedan a salvo los derechos de la citada víctima para que nombre a un Asesor Jurídico Particular, si así lo desea.
NOTIFICACIONES. En términos de los artículos 103 párrafo tercero y 118 párrafo último de la Ley Nacional de Ejecución Penal, así como en los diversos 82, 83, 84, 85, 87, 90 y 91 del Código Nacional de Procedimientos Penales, de aplicación supletoria, se ordena notificar al Agente del Ministerio Público, al Asesor Jurídico, a la Defensa, a la víctima STHEPHANYA HERNÁNDEZ
HERNÁNDEZ y al sentenciado, el contenido del presente proveído, apercibidos los tres primeros, que para el caso de no comparecer el día y hora de la audiencia, se les impondrá, a cada uno, una medida de apremio consistente en multa por el equivalente a veinte 20 veinte veces la Unidad de Medida Actualizada vigente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 fracción II inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales. Haciendo del conocimiento a la víctima STHEPHANYA HERNÁNDEZ
HERNÁNDEZ, que en caso de que no comparezca a la audiencia señalada, esto no será impedimento para la celebración de la misma, en términos del artículo 124
párrafo quinto de la Ley Nacional de Ejecución Penal y 57
del Código Nacional de Procedimientos Penales. Así mismo, de tomar en cuenta que de las constancias para el procedimiento de ejecución se aprecia que no fue posible la localización de la ofendida en el domicilio que proporciono en autos, con fundamento en los numerales 82, fracciones II y III, de la Ley Nacional de Ejecución Penal y 165 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de esta Ciudad, se ordena la publicación del presente auto en el Boletín Judicial, para tal efecto, envíese oficio de estilo al Director General de Anales y Jurisprudencia y Boletín Judicial a fin de que se realice la publicación por única ocasión, al día siguiente a la recepción del mismo; así también, habrá de notificarse a través de los estrados de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales 2, sede en Reclusorio Norte. Sin perjuicio de lo anterior, se autoriza al notificador de la Unidad Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, utilizar los medios electrónicos para notificar a la víctima, en términos del artículo 87 del Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación Supletoria a la materia, esto a efecto de salvaguardar los derechos fundamentales de la misma
Ciudad de México, 8 de enero del 2019
11 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-NTE/0029/2019
Of. EJEC-NTE/1027/019

Viernes 11 de enero del 2019

devolución respectiva. Lo que se comunica en cumplimiento a lo dispuesto por el citado Juez Especializado en Ejecución de Sanciones Penales.
Ciudad de México, 12 de diciembre del 2018
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON
SEDE EN EL RECLUSORIO NORTE.
MTRO. BENJAMÍN ARMANDO AVILÉS PLAZOLA.
11 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-NTE/2176/2018
Of. EJEC-NTE/45436/2018
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-NTE/2001/2018
CARPETA JUDICIAL: 008/0710/2018
EDICTO No. 98
Sentenciado: ROMÁN MENESES TRINIDAD Y KARINA
MACÍAS MAGAÑA.
Delito: ROBO CALIFICADO.
En cumplimiento a lo ordenado por la Licenciada Adriana Elisa Hernández Rosas, Juez Penal Especializada en ejecución de Sanciones Penales de la Ciudad de México, con sede en el reclusorio Norte, quien presidió audiencia en etapa de ejecución celebrada el día de la fecha en que se actúa, se ha ordenado hacer la presente publicación a efecto de que en relación a la mochila tipo cangurera, un teléfono celular de la marca Apple, tipo Iphone y un teléfono celular de la marca Motorola, para su devolución a quien acredite ser el legítimo propietario, ello ante la Unidad de Gestión Judicial 2, Especializada en ejecución de Sanciones con sede en el Reclusorio Norte de esta Ciudad, ubicada en Calle Jaime Nunó 205, Colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, Ciudad de México Edificio de Salas Orales 9, contando con un plazo de 20 días a partir de la última publicación del edicto para dicho efecto, caso contrario causará abandono a favor del estado para su aprovechamiento o destrucción conforme a lo estatuido en el artículo 55 del Código Penal para el Distrito Federal . Se aprecia una firma ilegible.
Ciudad de México, 13 de diciembre del 2018
LA JUEZ PENAL ESPECIALIZADA EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON
SEDE EN EL RECLUSORIO NORTE.
LIC. ADRIANA ELISA HERNÁNDEZ ROSAS
11 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-NTE/2001/2018
Of. EJEC-NTE/45769/2018

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO
TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-NTE/2176/2018
CARPETA JUDICIAL: 008/0776/2018 Y SU
ACUMULADA 008/1014/2018
EDICTO No. 97
Sentenciado: HÉCTOR JESÚS MEJÍA ALFARO.
Delitos: ROBO AGRAVADO y ROBO CALIFICADO.
Se notifica a quien acredite la legitima propiedad de una BICICLETA SIN MARCA VISIBLE, RODADA 26, DE COLOR
BLANCO CON LÍNEAS NEGRAS Y TIJERA EN COLOR ROJO, USADA Y EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACIÓN; que puede pasar a reclamarla en el plazo de 20 días naturales, conforme a lo previsto en el artículo 55 párrafo primero del Código Penal para la Ciudad de México; para lo cual, deberá presentarse ante la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales 2, sede Reclusorio Norte, con domicilio en Calle Jaime Nunó 205, Edificio de Salas Orales, piso 2, colonia Cuautepec Barrio Bajo, Gustavo A. Madero, CDMX. Tel. 51341100 ext. 8429, en horario hábil, para que les sea informado el trámite de la
448

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-OTE/1339/2018
CARPETA JUDICIAL: 007/0393/2018
EDICTO No. 99
EL SENTENCIADO OMAR ISLAS GARCÍA, DEBERÁ
COMPARECER A LAS 11:00 ONCE HORAS DEL DÍA 18
DIECIOCHO DE ENERO DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE, EN LA SALA DE ORALIDAD NÚMERO 05 CINCO, ubicada en Reforma número 50 cincuenta, colonia San Lorenzo Tezonco, Delegación Iztapalapa, C.P. 09800 del Edificio del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, a efecto de que tenga verificativo la audiencia para revisión del beneficio concedido.en ese tenor, se le apercibe que para el caso de no comparecer sin causa justificada a la diligencia antes señalada, en términos de los artículos 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales de la Ciudad de México y 87 del Código Penal para esta Ciudad, se le revocará el sustitutivo concedido y previa solicitud del Representante Social se ordenará su reaprehensión para que dé cumplimiento a la sanción que les fue impuesta en internamiento en el Centro de Reinserción Social correspondiente. En la Ciudad de México, a 13 trece de diciembre del año 2018 dos mil dieciocho, lo ordena y firma el JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN
DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO:
LICENCIADO GABRIEL ACO MENDOZA.
11 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-OTE/1339/2018 Of.
EJEC-OTE/44810/2018

Acerca de esta edición

Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 11/1/2019

TítuloBoletín Judicial de la Ciudad de México

PaísMéxico

Fecha11/01/2019

Nro. de páginas446

Nro. de ediciones975

Primera edición01/09/2016

Ultima edición07/06/2022

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