Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 14/12/2018

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Fuente: Boletín Judicial de la Ciudad de México

BOLETÍN JUDICIAL No. 218

Edictos
VENTA Y CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE
NARCOMENUDEO HIPÓTESIS COMERCIO COMPRA.
AUTO. Ciudad de México, 12 de diciembre de 2018.
Visto el contenido del escrito signado por el Agente del Ministerio Público, Licenciado Juan Silvestre Torres Lovera, mediante el cual solicita sea revocado el beneficio penal de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena que le fue concedido al sentenciado MIGUEL
ALEJANDRO MALDONADO RESÉNDIZ, por las razones que señala en su escrito de cuenta, solicitando se señale fecha y hora para celebrar la audiencia de revisión del beneficio precitado. En consecuencia, en cumplimiento al párrafo primero del artículo 20 de nuestra Carta Magna, que dispone que todo proceso penal será acusatorio y oral y se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, este juzgador en el ámbito de su competencia, tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, por lo que deberá ser en audiencia pública en la que se resuelva la petición ministerial, por tanto, se señalan las 11:30 HORAS DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE
DE 2018, EN LA SALA DE AUDIENCIAS 016, ubicada en el edificio de Salas Orales, en calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, a efecto de que tenga verificativo la audiencia para revisión de beneficio, misma que será presidida por el Juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales de la Ciudad de México en turno, de acuerdo al Registro del Sistema de Gestión Judicial Penal BPM, a quien habrá de informarse lo anterior.
En ese sentido y atendiendo a la fecha de audiencia señalada, en términos de los artículos 82, 83, 85, 90, 91 y 92 del Código Nacional de Procedimientos Penales, notifíquese el presente proveído que contiene la debida citación al Agente del Ministerio Público, a la Defensa y al sentenciado MIGUEL ALEJANDRO MALDONADO
RESÉNDIZ debiendo por cuanto hace a este último agotarse todos los medios que señala el numeral 82
del Código Nacional de Procedimientos Penales, a la celebración de la citada audiencia, quedando apercibidos los dos primeros, que para el caso de no comparecer el día y hora de la audiencia, se les impondrá una medida de apremio consistente en multa por el equivalente a 20 veces la unidad de medida actualizada vigente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 fracción II
inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales, procediendo a su remplazo, previa intervención de sus superiores jerárquicos. Debiendo correrse traslado con el escrito del Ministerio Público al sentenciado y a su defensa, haciéndoles del conocimiento que cuentan con el término de 5 días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación, a efecto de que puedan ofertar los medios de prueba que estimen pertinentes y para el caso de que cuenten con ellos, deberán correr traslado con los mismos a las partes, señalándoseles que incluso el ofrecimiento de pruebas lo podrán hacer dentro de la audiencia antes señalada, ello a afecto de proteger su garantía de audiencia. Apercibido el sentenciado que en caso de no ofertar medio de prueba se declarará precluido su derecho para hacerlo, asimismo, que en caso de no presentarse a la audiencia señalada para las 11:30 HORAS DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DE 2018, EN LA
SALA DE AUDIENCIAS 016 se harán efectivas las penas suspendidas y se atenderá a la petición hecha por el Fiscal, girándose el oficio correspondiente al Procurador General de Justicia de la Ciudad de México, y deberá dar cumplimiento a la pena de prisión en internamiento, por lo que hace a la multa le será requerida a través del procedimiento económico coactivo; asimismo, en lo atinente a la póliza de fianza que fuera exhibida como garantía se hará efectiva a favor de los Fondos de Apoyo a la Administración de Justicia de esta Ciudad. En este contexto, se ordena a la Unidad de Gestión Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, a efecto de que se agoten todos los medios necesarios para notificar a las
Viernes 14 de Diciembre del 2018

partes de la presente resolución. ASÍ LO PROVEYÓ Y
FIRMA LA LICENCIADA AIMÉ COLORADO PERALTA, JUEZ
DE EJECUCIÓN DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO, CON
SEDE EN RECLUSORIO NORTE, EN FUNCIONES DE JUEZ
DE TRÁMITE..
14 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-NTE/0676/2018
Of. EJEC-NTE/45200/2018
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-NTE/1983/2018
CARPETA JUDICIAL: 008/1670/2018
EDICTO No. 1181
Sentenciados: GERARDO MARTÍNEZ ROSILES Y OMAR
NOGUEZ RIVERA.
Delito: ROBO CALIFICADO
Se hace del conocimiento al público en general, que se encuentra Un vehículo de la marca Nissan, tipo Platina, color gris, con placas de circulación B89AXW, en el depósito de vehículos A de la Procuraduría General de Justicia de esta Ciudad y será devuelto a quien acredite la propiedad, para lo cual, deberá presentar la documentación correspondiente ante la Unidad de Gestión Judicial Especializado en Ejecución de Sanciones Penales Dos, con sede en Reclusorio Norte, ubicada en Jaime Nunó 205, Edificio de Salas Orales, segundo piso, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, para que le sea entregado el oficio correspondiente y pueda recoger el citado vehículo, y en caso de que no sea reclamado dentro del término de 20 días naturales, atento a lo previsto por el artículo 55 del Código Penal para la Ciudad de México, causará abandono y el producto de su venta se aplicará a los Fondos de Apoyo a la Procuración y Administración de Justicia de esta Ciudad, en partes iguales.
Ciudad de México, 7 de diciembre del 2018
DIRECTORA DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL
ESPECIALIZADA EN EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES
2, CON SEDE EN RECLUSORIO NORTE.
MTRA. NORMA JURADO LÓPEZ.
14 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-NTE/1983/2018
Of. EJEC-NTE/44381/2018

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

JUZGADO ÚNICO DE TRANSICIÓN EN MATERIA DE
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE
MÉXICO
SECRETARÍA A
CUADERNILLO DE EJECUCIÓN: EJ 77/2013
EDICTO No. 23
El Juzgado Único de Transición en materia de Justicia para Adolescentes, en el cuadernillo de ejecución EJ
77/2013, se dictó un auto de fecha 11 once de diciembre de 2018 dos mil dieciocho, se advierte que por auto de fecha 22 veintidós de abril de 2013 dos mil trece, se ordenó notificar a la ofendida GUADALUPE JAZMÍN
NÚÑEZ CONTRERAS, el término de 80 ochenta días naturales con los que contaba para presentarse en el local de este Juzgado y solicitar la entrega del billete de depósito número V397112 sin que hasta el día de la fecha la agraviada de referencia se apersonara ante este Órgano Jurisdiccional ha causado ABANDONO a favor de la Administración de Justicia y de la Procuración de Justicia, ambas entidades de la Ciudad de México por ello, remítase mediante el oficio correspondiente el billete de depósito número V397112, por la cantidad de $55.00
cincuenta y cinco pesos 00/100 moneda nacional al Oficial Mayor del Tribunal Superior de Justicia de esta Ciudad, para que se haga efectivo a favor del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia y del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia, ambos Fondos de la Ciudad de México en términos de Ley .
Ciudad de México, 11 de diciembre del 2018
LA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO ÚNICO
DE TRANSICIÓN EN MATERIA DE JUSTICIA PARA
ADOLESCENTES.
LIC. LUISA GUADALUPE HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ.
12-13-14 Sin Costo CE: EJ 77/2013 Of. 1324

TSJ CIUDAD
DE MÉXICO

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Acerca de esta edición

Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 14/12/2018

TítuloBoletín Judicial de la Ciudad de México

PaísMéxico

Fecha14/12/2018

Nro. de páginas394

Nro. de ediciones975

Primera edición01/09/2016

Ultima edición07/06/2022

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