Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 24/03/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 57

24 de Marzo de 2023

2089

ARTÍCULO 9. Infracciones y Sanciones En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones que la desarrollen.
ARTÍCULO 10. Legislación Aplicable Para todo lo no previsto en la presente Ordenanza, será de aplicación lo establecido en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
ARTÍCULO 11. Ubicación 1. Puesto en el Festival del Contrabando, los puestos se instalaran en las calles 2. Puestos en fiestas y festejos populares o de ocupación temporal Fiestas en honor a la Santísima Virgen de la Rábida y Semana Cultural los puestos se instalarán en las calles 3. Instalaciones de quioscos, food truck o gastroneta con carácter permanente.
ANEXO
1. Puesto en el Festival del Contrabando Por superficie ocupada:
Hasta 15 m2 de ocupación: 10 €/día A partir de 15 m2 de ocupación: 20 €/día Por suministro de energía eléctrica:
Por derecho de enganche a la Red del Recinto Ferial: 20 €
2. Puestos en fiestas y festejos populares o de ocupación temporal Fiestas en honor a la Santísima Virgen de la Rábida y Semana Cultural Instalaciones y puestos en fiestas y festejos populares:
- Barras exteriores o instalaciones similares 10 euros/día - Churrerías, chocolaterías y similares: 10 euros/día - Carritos de venta de patatas fritas, salchichas, helados 10 euros/día - Tómbolas, rifas y similares: 10 euros/día - Atracciones de ferias: 15 euros/día Por suministro de energía eléctrica:
- Por derecho de enganche a la Red del Recinto Ferial: 20 Euros 3. Utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo de las vías públicas municipales.
- Venta ambulante con furgoneta o similar: 10 euros/día 4. Instalaciones de quioscos, food truck o gastroneta con carácter permanente:

1
2

Base imponible Hasta 10 m2
Cuando exceda de 10 m2, para los sucesivos metros cuadrados, por metro cuadrado
Tipo de gravamen 605€/año IVA INCLUIDO
25€/Metro cuadrado y año
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 24/03/2023 a las 00:12:40
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsT0vU6oO9ZkftCYEUBcik3g== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 24/03/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha24/03/2023

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones2573

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2024

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