Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 09/05/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

6208

9 de Mayo de 2022

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 87

Vistos los preceptos citados, así como la propuesta favorable de la Secretaría General Provincial de Hacienda y Financiación Europea, esta Delegación del Gobierno en Huelva, RESUELVE
PRIMERO.- Conceder la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción Nueva Línea 66 kV 132 kV S/C Niebla-Cementos con eliminación de la T de la actual Línea 50kV Niebla-Cementos-San Juan y paso a 66 kV de la Línea Niebla-San Juan en el término municipal de Niebla Huelva.
Las características principales de la instalación son las siguientes:
1. Línea de alta tensión:

Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, SLU.

Tipo: Línea aérea de alta tensión.

Finalidad: Mejorar la calidad del suministro de la zona y atender aumento de demanda.

Origen: Subestación Niebla.

Final: Subestación Cementos.

Términos municipales afectados: Niebla Huelva.

Tensión: 66 kV.

Longitud Total: 702 metros.

Tipo : Aérea S/C.

Conductores: 1 LA-180

Apoyos: 2 Metálicos Celosía Acero Galvanizado.

Aisladores: Composite CS120 132 kV.

Cable de tierra: OPGW48.

Presupuesto: 212.904,00 euros.

SEGUNDO.- Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en particular según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y demás normativa de aplicación, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente, y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.

El plazo de puesta en marcha será de DOS 2 AÑOS contados a partir de la fecha de la presente resolución, pudiendo el titular presentar solicitud debidamente justicada para la modicación de la presente Resolución por parte de esta Delegación del Gobierno en lo que se reere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación del mismo.
Transcurrido dicho plazo sin que el peticionario hubiese obtenido, previa solicitud por razones justicadas, prórroga del mismo, podrá entenderse la caducidad del mismo.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 09/05/2022 a las 00:00:03
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxswwDoEpdhmAd7lP+yg4Wgsw== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 09/05/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha09/05/2022

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2022>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031