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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 01/06/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 103
1 de Junio de 2021
1823
Notifíquese esta Sentencia a las partes y advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes a tal noticación, por escrito, o comparecencia, o mediante simple manifestación al noticarle la presente, ante este Juzgado de lo Social.
También se advierte a la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del benecio de justicia gratuita que si recurre deberá acreditar al anunciar el Recurso el ingreso del importe de su condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado, bajo el n. 1932000036078819, en la ocina del Banco Santander Calle Concepción n 27 de esta Ciudad, mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consignación por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, en cuyo caso deberá aportar el documento de aseguramiento. Y al interponer el Recurso, demostrará el ingreso de 300,00 euros en dicha cuenta, mediante entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría de este Juzgado de lo Social.
Adviértaseles asimismo que, de no noticárseles la interposición de recurso por parte de alguna de ellas, se procederá sin más trámite, y una vez transcurrido el anterior plazo, al archivo de actuaciones.
Así por ésta mi Sentencia, denitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y rmo.
Y para que sirva de noticación al demandado FUNDACION ANDALUZA DE FONDO DE FORMACION Y EMPLEO actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA Y SEVILLA Y TABLÓN DE ANUNCIOS
DE ESTE JUZGADO, con la advertencia de que las siguientes noticaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a once de mayo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
EDICTO
a
D/D MARIA DEL CARMEN BELLÓN ZURITA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE HUELVA
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 799/2019 a instancia de la parte actora D/Da. CINTA DEL ROCIO DE PRADO RODRIGUEZ contra U.E.D.
ANDRES PICON S.C. y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 13/05/21, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que, estimando la demanda interpuesta por DOÑA CINTA DEL ROCIDO DE PRADO RODRIGUEZ, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de siete mil novecientos setenta y cuatro euros con noventa y un céntimos 7.974,91 €.
No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, a salvo lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
Notifíquese esta sentencia a las partes y advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes a tal noticación, por escrito, o comparecencia, o mediante simple manifestación al noticarle la presente, ante este Juzgado de lo Social.
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 01/06/2021 a las 00:00:33
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