Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 28/08/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 142

28 de Agosto de 2020

4209

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA
RESOLUCIÓN
Resolución nº: 1526/2020
Fecha Resolución: 25/07/2020
DECRETO DE EXCLUIDOS SUBVENCIÓN AYUDA A AUTÓNOMOS 2019.
DECRETO DE LA PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE HUELVA POR LA QUE SE
COMUNICA LA RELACIÓN DE SOLICITUDES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS, CON RELACIÓN
A LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRENDEDORES AUTÓNOMOS
2019.
Por acuerdo de Junta de Gobierno de esta Diputación, de fecha 29 de noviembre de 2019
extracto publicado en el BOP n.º 239 del 16 de diciembre de 2019, se aprobó la Convocatoria del Programa de Ayuda a Autónomos 2019 .
Visto el informe del órgano instructor de fecha 21 de Julio de 2020 y una vez transcurrido el plazo para que las personas que solicitaron concurrir a la misma subsanasen sus solicitudes.
En aplicación de lo establecido en el apartado 9.5 de la citada convocatoria y de conformidad con los artículos 21 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Presidencia, en uso de las facultades que le conere el art. 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVE:
Primero.Se declare transcurrido el plazo para la subsanación de solicitudes a la Convocatoria del Programa de Ayuda a emprendedores Autónomos 2019 de la Excma. Diputación Provincial de Huelva.
Segundo.Se excluya, con relación a dicha convocatoria, las solicitudes relacionadas en el Anexo I de este informe, por los motivos que en cada caso se indican Anexo II
Tercero.Se admita a trámite, con relación a dicha convocatoria, el resto de solicitudes presentadas, publicada en el tablón de anuncios de la Diputación de Huelva el 5 de junio, por la que se realizó el requerimiento de subsanación a las solicitudes presentadas en la mencionada convocatoria, El presente acto agota la vía administrativa. Para su impugnación sólo podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Ocial de la Provincia de Huelva, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso potestativo de reposición o en el plazo de un mes, en cuyo caso no cabrá interponer recurso contenciosos administrativo, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 28/08/2020 a las 00:00:03
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 28/08/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha28/08/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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