Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 16/01/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

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16 de Enero de 2020

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 10

Trimestralmente se dará cuenta por el titular de la Secretaría General a la Junta de Gobierno Provincial de un resumen de las actuaciones del servicio, sentencias notificadas o informes jurídicos más destacados.
Disposición adicional primera.
Podrán integrarse o adscribirse en los Servicios Jurídicos de la Excma. Diputación Provincial de Huelva como letrados/as, los funcionarios de carrera pertenecientes a la Escala de Habilitación Nacional, Escala de Administración General y Especial pertenecientes al Grupo A1 y que presten servicios en la Excma. Diputación Provincial, siempre que desempeñen funciones de asesoramiento legal o jurídico y ostenten el titulo de licenciado en Derecho.
La integración o adscripción se realizará mediante resolución de la presidencia, a propuesta del titular de la Secretaría General.
Los funcionarios adscritos conforme a lo dispuesto en el apartado anterior desempeñarán las funciones de representación y asistencia letrada y asesoramiento jurídico que se les encomiende por el Servicio Jurídico de la Diputación Provincial.
Disposición adicional segunda.
Las funciones de asistencia y asesoramiento jurídico que desempeñe el Servicio Jurídico de la Diputación Provincial en relación con las Entidades locales de la provincia y su Administración Institucional deberán coordinarse con la unidad administrativa de asistencia a los municipios. Por resolución de la presidencia se dictarán las instrucciones oportunas al efecto.
Disposición adicional tercera.
En casos de vacante, ausencia o enfermedad, las funciones del Director/a de los Servicios Jurídicos será asumida por el Letrado/a-Oficial Mayor, en caso de existir, y en su defecto por el Letrado/a-Coordinador.
El Director de los Servicios Jurídico podrá delegar las funciones que entienda adecuadas en el Letrado/a-Coordinador Disposiciones finales Única.- Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente del plazo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril.
Disposición derogatoria.
Única.- Queda derogado el anterior Reglamento de Servicios Jurídicos aprobado el 25 de marzo de 1995.
Lo que se publica para general conocimiento y efectos oportunos.
En Huelva, a 14 de enero de 2020.- EL SECRETARIO GENERAL. Fdo.: Rafael Jesús Vera Torrecillas.

RESOLUCIÓN
Resolución nº: 10/2020
Fecha Resolución: 13/01/2020
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE HUELVA POR LA QUE SE
CONCEDEN LAS BECAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PROYECTO HEBE MOBILITY
2019 EN EL MARCO DEL PROGRAMA EUROPEO DE MOVILIDAD ERASMUS+
Por acuerdo de Junta de Gobierno de la Diputación de Huelva de fecha 16 de septiembre de 2019, registrada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y con extracto publicado en el BOP de Huelva el 1 de octubre del 2019, se aprobó la Convocatoria de becas en el Marco del Programa Europeo de Movilidad Erasmus + dentro del Proyecto HEBE MOBILITY 2019.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 16/01/2020 a las 00:00:02
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsyVXEWl28whNjervI7eOz0w== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 16/01/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha16/01/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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