Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 24/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 245

24 de Diciembre de 2019

7661

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA
ANUNCIO
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 26 de noviembre de 2019, aprobó, inicialmente, la Modificación de la Plantilla de Personal y Relación de Puestos de Trabajo del ejercicio 2019 de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, necesaria para la aprobación de la Oferta Pública de Empleo 2019.
Sometido, posteriormente, a información pública y audiencia a los interesados por un plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 228, de 27 de noviembre de 2019, sin que se hayan presentado reclamaciones y sugerencias al respecto, se entiende definitivamente aprobado el citado Acuerdo, hasta entonces provisional, de Modificación de la Plantilla de Personal y Relación de Puestos de Trabajo del ejercicio 2019 de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, necesaria para la aprobación de la Oferta Pública de Empleo 2019, en los siguientes términos:
MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA DIPUTACIÓN DE
HUELVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2019.
La Plantilla puede definirse como la relación de plazas asignadas a cada una de las Escalas, Subescalas, Clases y Categorías, para la totalidad de la organización. Supone, en cualquier caso, el ejercicio de la potestad de autoorganización reconocida a las Entidades Locales en el artículo 4
de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en adelante, LRBRL.
Así, el artículo 91.1 LRBRL, establece lo siguiente: Corresponde a cada Corporación aprobar anualmente, a través del Presupuesto, la Plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual.
Las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijen con carácter general.
En los mismos términos es regulada en el artículo 126.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en adelante, TRRL.
La competencia para la aprobación y, por tanto, para la modificación de la Plantilla corresponde, de acuerdo con el artículo 33.2.f. LRBRL, al Pleno de la Diputaciones.
En cumplimento de lo dispuesto en la normativa reseñada, en sesión extraordinaria de fecha 28 de enero de 2019 el Pleno aprobó inicialmente la Plantilla del ejercicio 2019 publicándose su aprobación definitiva en B.O.P. N.º 45, de fecha 7 de marzo de 2019, una vez resueltas las alegaciones/reclamaciones presentadas contra el Presupuesto por Acuerdo Plenario de 6 de marzo de 2019.
Teniendo en cuenta que aún no ha sido aprobada la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019, nuestro marco normativo se encuentra constituido por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 cuyo artículo 19 Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.
en su apartado Uno.1. establece que la incorporación de nuevo personal en el sector público delimitado en el artículo anterior estará sujeta a los límites y requisitos establecidos en los apartados siguientes.
Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior la incorporación de personal que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores.
En todo caso, la oferta deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gastos.
El mismo artículo en su apartado Uno.2. señala que las Administraciones Públicas que en el ejercicio anterior hayan cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla de gasto, tendrán una tasa de reposición del 100 por cien.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 24/12/2019 a las 00:00:02
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 24/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha24/12/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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