Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 08/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

6886

8 de Noviembre de 2019

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 215

2.- Si solicitan el pago a través de transferencia bancaria, dicha solicitud deberá ser recibida en esta Demarcación de Carreteras antes de la fecha indicada para el pago, siendo en este caso necesario aportar la siguiente documentación:
2.1.- Solicitud original de trasferencia rmada por todos los propietarios o en su caso por el representante, Si actúan por representación deberán aportar además: Poder Notarial, ya sea general o especial y fotocopias para su compulsa, siendo conveniente indicar en dicha solicitud un teléfono y/o correo electrónico de contacto. Se adjunta modelo de solicitud.
Cuando se trate de PERSONAS JURÍDICAS, aportarán D.N.I. del compareciente y documentación acreditativa de la representación con la que actúa y fotocopia de todo ello para su compulsa y unión al expediente.
2.2.- Fotocopia del D.N.I. o pasaporte, de todos los titulares de la nca afectada.
2.3.- Certicado de la Entidad bancaria donde se encuentre la cuenta en la que se va a realizar dicha transferencia, indicando dicha Entidad que existe la cuenta a nombre de los titulares del citado expediente, debiendo constar el código IBAN.
En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento.
Si la nca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago.
En caso de fallecimiento de uno de los titulares deberá acreditarse la titularidad por herencia mediante la presentación de copia debidamente compulsada de testamento, declaración de herederos o aceptación de la herencia, así como copia de la presentación a efectos del impuesto de sucesiones.
De no solicitar el pago por transferencia éste se efectuará en el lugar indicado al principio mediante cheque bancario a nombre del titular de la expropiación que entre todos los propietarios así lo decidan y comuniquen en el acto del pago a los representantes de la Administración.
En caso de querer que se divida el importe entre los diversos titulares de la expropiación deberán solicitar el pago por transferencia, debiendo indicar en la solicitud el importe que a cada propietario le corresponde justicadamente, mediante nota simple o cualquier otra documentación acreditativa, así como presentar la documentación requerida para el caso de los pagos por transferencia anteriormente indicado.
De no comparecer al pago y no solicitar transferencia bancaria se procederá a consignar las cantidades indicadas al principio en la Caja General de Depósitos de la Delegación de Hacienda, estando a su disposición cuando aporte la documentación requerida.
Sevilla, La Habilitada Pagadora. Fdo.: M Dolores Rueda Román
JUZGADO DE LO SOCIAL
HUELVA
NÚMERO DOS
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN
En virtud de providencia dictada en esta fecha por el llmo. Sr/Sra. INMACULADA LIÑÁN
ROJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA, en los autos número 247/2018 seguidos a instancias de MUTUAL MIDAT CYCLOPS MC MUTUAL contra MANUELA
RUEDA GÓMEZ, FREGEMANT, S.L. y INSS Y TGSS sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha acordado citar a FREGEMANT, S.L. y INSS Y TGSS como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 12 de NOVIEMBRE de 2019 a las 11:20 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 08/11/2019 a las 00:00:06
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 08/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha08/11/2019

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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