Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 16/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

6322

16 de Octubre de 2019

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 199

Capítulo I: Derechos Capítulo II: Deberes Capítulo III: Adquisición y pérdida de la condición de Concejal Capítulo IV: Grupos Políticos y Junta de Portavoces TÍTULO II:
ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO
Capítulo I: Órganos necesarios Capítulo II: Órganos complementarios TÍTULO III:
FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS MUNICIPALES
Capítulo I: De las Sesiones del Pleno Capítulo II: La Comisión de Gobierno Capítulo III: Comisiones Informativas y otros Órganos Complementarios Capítulo IV: Las Actas TÍTULO IV:
INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
TÍTULO V:
REFORMA DEL REGLAMENTO
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
DISPOSICIÓN FINAL
TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º.El Ayuntamiento de Bollullos del Condado, en ejercicio de la potestad reglamentaria de autoorganización que le reconoce la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local y con sujeción a la misma ha acordado regular mediante el presente Reglamento, su organización y funcionamiento municipal.
ARTÍCULO 2º.1.- Las prescripciones del presente Reglamento que establece una organización municipal complementaria de la prevista en la L.R.B.R.L. serán de aplicación preferentemente a cualquier norma que no tenga carácter básico.
2.- En todo aquello no previsto en este Reglamento y en cuanto no se opongan a sus preceptos, regirán, directamente, las leyes de la Junta de Andalucía sobre Régimen Local, y subsidiariamente el Capítulo II del TÍTULO I de la Ley de Procedimiento Administrativo.
ARTÍCULO 3º.- El Pleno del Ayuntamiento podrá aprobar por mayoría absoluta de sus miembros, con carácter de desarrollo del presente reglamento, normas para la regulación del funcionamiento de los órganos complementarios previstos y de la participación ciudadana.
Corresponde al Alcalde iniciar disposiciones interpretativas y aclaratorias de la normativa reseñada en el párrafo anterior para su aplicación en el municipio.
ARTÍCULO 4º.- El Gobierno y la Administración Municipal corresponden al Ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los Concejales.
La organización municipal, se estructura de acuerdo con las siguientes disposiciones:
a Son órganos de gobierno y administración: El Pleno, la Junta de Gobierno Local, el Alcalde y los Tenientes de Alcalde.
b Son órganos complementarios del Gobierno y administración: La Comisión Informativa, General y Permanente, la Comisión Informativa Especial así como la Comisión Especial de Cuentas.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 16/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha16/10/2019

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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