Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 04/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 191

4 de Octubre de 2019

Longitud km: 0,142.

Conductor: 94-AL1/22-ST1A LA-110.

Apoyos: 2, celosía metálicos.

6139

Medidas para la avifauna: instalación de disuasores antiposada tipo paraguas, aislamiento de grapas y conductores desnudos.

Nuevos apoyos A-323030 y A-324583: Losa de hormigón 1,20 m, antiescalo de obra civil 3 m, tierra en anillo cerrado. 3 seccionadores unipolares, 24 kV y 400 A.

Aisladores: Vidrio cadena tipo U40BS.

Presupuesto: 17.681,90 €.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación del Gobierno en Huelva, "sita en Avda. del Saladillo, s/n, Edicio Vista Alegre, en Huelva, a n de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto u otra documentación que obre en el expediente, presentar alegaciones y manifestarse sobre el procedimiento de autorización administrativa, y pueda formular al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado ejemplar, que se estimen oportunas, en el plazo e veinte días 20 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, así mismo" también se publicará en el portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía a través de la url: https www.juntadeandalucia.es/transparencia.html.
La Secretaria General de Industria, Energía y Minas, P.D. Resolución de 09/03/2016, Boja núm. 51, de 16 de marzo de 2016 La Delegada del Gobierno. Fdo.: Bella Verano Domínguez.

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO
JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE HUELVA
RESOLUCIÓN de dieciocho de septiembre de dos mil diecinueve de la Jefatura Provincial de Tráco de Huelva por la que se asume la competencia sancionadora en materia de tráco, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por las infracciones cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento de Cala Huelva.
El artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tráco, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial atribuye a los Municipios la competencia para la denuncia y sanción de las infracciones que se cometan en las vías urbanas de su titularidad.
Por su parte, el artículo 84.4, establece lo siguiente:
La sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta competencia de acuerdo con la normativa aplicable.
Quedan excluidas de la competencia sancionadora municipal las infracciones a los preceptos del título IV, incluyendo las relativas a las condiciones técnicas de los vehículos y al seguro obligatorio.
Los Jefes Provinciales de Tráco y los órganos competentes que correspondan, en caso de comunidades autónomas que hayan recibido el traspaso de funciones y servicios en materia de tráco y circulación de vehículos a motor, asumirán la competencia de los Alcaldes cuando, por razones justicadas o por insuciencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por éstos.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 04/10/2019 a las 00:00:18
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsePmTp09GPuffaJKjn3nNyQ== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 04/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha04/10/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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