Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 03/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

6122

3 de Octubre de 2019

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 190

BERROCAL
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 11 de julio de 2019, sobre suplemento de crédito financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, como sigue a continuación:
Suplemento en aplicaciones de gastos Aplicación
Descripción
Créditos Iniciales 3.050,00
30.000,00

334 226092 PROGRAMAS CULTURALES
338 22799 FIESTAS POPULARES Y
FESTEJOS
912 23000 DIETAS MIEMBROS CORPORACIÓN
75,00
912 23100 LOCOMOCIÓN CARGOS ELECTOS
300,00
920 23120 LOCOMOCIÓN PERSONAL
50,00
LABORAL
TOTAL
33.475,00

Modificaciones Créditos 5.000,00
15.000,00

Créditos finales 8.050,00
45.000,00

200,00
1.000,00
300,00

275,00
1.300,00
350,00

21.500,00

54.975,00

Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos Aplicación
Descripción
912 10000 RETRIBUCIONES BÁSICAS
ÓRGANOS DE GOBIERNO
TOTAL

Créditos Iniciales
Bajas o Anulaciones
Créditos finales
27.000,00

21.500,00

5.500,00

27.000,00

21.500,00

5.500,00

3.º JUSTIFICACIÓN
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a y b, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, y el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Berrocal a 16 de septiembre de 2019.- La Alcaldesa-Presidenta. Fdo.: Francisca García Márquez.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 03/10/2019 a las 00:00:09
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 03/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha03/10/2019

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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